El Gobierno reglamentó la Ley de Enfermedad Celíaca: estos son los cambios que se aplicarán

Los restaurantes estarán obligados a ofrecer un menú sin TACC, los medicamentos tendrán que aclarar en su rótulo que están libres de gluten y las prepagas modificarán el monto destinado a cubrir los gastos para quienes tengan esta enfermedad, entre otras medidas.

El Gobierno nacional, mediante el Decreto 218/2023, aprobó la reglamentación de la Ley de Celiaquía, que modifica a la Ley 27.196.

Según voceros del Ministerio de Salud, la normativa declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión, acceso a alimentos y medicamentos libres de gluten.

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"La implementación de la Ley 26.588 (modificada por Ley 27.196) permitirá, por un lado, ampliar esta mayor oferta de alimentos convirtiéndola en un derecho para todas las personas celíacas, pero también establecer los estándares a cumplir para garantizar que al momento de ofrecerlos sean seguros", sostuvo un comunicado de esa cartera.

La reglamentación determina, en parte, la metodología para establecer el monto actual de cobertura de obras sociales y prepagas, y por otra parte queda establecida la periodicidad con la que se efectuarán las actualizaciones subsiguientes cada 6 meses.

El monto de cobertura aumentará de $2.672 a $7.806,73 teniendo en cuenta la canasta básica alimentaria (CBA) difundida por el Indec el 20 de abril pasado.

Además, todos los medicamentos tendrán que estar identificadose en función de su contenido o ausencia de gluten como "Libre de gluten" o "Este medicamento contiene gluten".

Según explicó Mariana Holgado, integrante de la Asociación Celíaca Argentina, "este decreto corresponde más bien a muchas de las modificaciones que se hicieron en 2015 de la Ley de Enfermedad Celíaca de 2009 y que al no estar reglamentadas no se cumplían porque faltaba la letra chica".

"La reglamentación también establece como restaurantes y bares deben ofrecer un menú libre de gluten, qué cuidados tiene que haber para que sea seguro y qué criterios se deben utilizar", añadió.

Holgado destacó que la reglamentación otorga un plazo de seis meses para que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) revise una guía que confeccionó en 2015 y otros seis meses más para que los establecimientos se adapten, "por lo cual en un año todos los restaurantes y bares deberían contar con un 'menú seguro' para personas con celiaquía".

En referencia a esto, la reglamentación no sólo contempla restaurantes y bares, sino también otros establecimientos como comedores escolares o instituciones penitenciarias.

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Sobre la cobertura de obras sociales y prepagas, Holgado dijo que "más allá de la actualización del monto, lo importante es que antes de esta reglamentación se dependía de la buena voluntad de la funcionaria o el funcionario de turno; en cambio ahora se establece un plazo de revisión de seis meses y asociado a la canasta básica".

El tercer punto que destacó fue la rotulación de medicamentos "que había quedado fuera de la ley inicial de 2009 y si bien se había incorporado en 2015 faltaba su reglamentación".

Esta reglamentación se sumó a una lista de acciones que vienen llevándose a cabo desde 2009 en función de mejorar la calidad de vida de las personas con celiaquía.

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