Quiénes no pagarán impuesto a las Ganancias sobre el aguinaldo

Desde el Ministerio de Economía llegó el anuncio que alivió a varias categorías de trabajadores, pero a algunos no.

El Ministerio de Economía anunció que los empleados cuyos ingresos promedio durante el primer semestre del año no superen los $880.000 brutos estarán exentos de pagar impuesto a las Ganancias.

El alarmante dato sobre los casos de femicidios en Argentina

Según el comunicado oficial, esta medida beneficiará a medio millón de trabajadores en todo el país. Aquellos que no superen los $ 880.000 mensuales y tengan un aguinaldo de hasta $ 440.000 brutos se verán beneficiados por esta disposición.

Sin embargo, el tributarista Sebastián Domínguez aclaró que si un trabajador supera los $ 880.000 brutos en ingresos promedio mensuales durante el semestre y su aguinaldo, por ejemplo, alcanza los $ 500.000, deberá pagar impuesto a las Ganancias por la diferencia de $ 60.000.

El Ministerio de Economía señaló que esta medida es un beneficio extraordinario y único para los trabajadores que pagan impuesto a las Ganancias, con el objetivo de recuperar su poder adquisitivo y estimular el consumo y la actividad económica.

Se estima que esta medida beneficiará a 513.000 trabajadores en todo el país, quienes están sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias y tienen salarios brutos mensuales que oscilan entre $ 506.230 y $ 880.000. Más del 50% de los trabajadores que actualmente pagan impuesto a las Ganancias se verán favorecidos por esta medida.

Así será el nuevo billete de $1.000 con San Martín

Según los cálculos oficiales, esta medida representa un aumento promedio de bolsillo de más de $ 110.000 ($ 112.600) por empleado y un incremento del 26% en el salario mensual promedio.

El Ministerio de Economía aclaró que, en el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se calcula mes a mes. Por lo tanto, esta medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, junto con las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio. Los empleadores deberán incluir la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, indicando claramente el beneficio de la medida.


Esta nota habla de: