La Libertad Avanza presentó un controvertido proyecto para derogar el aborto legal

La iniciativa ingresó este miércoles por la tarde a la mesa de entradas de Diputados tras el fracaso de la Ley Ómnibus.

Los diputados del bloque La Libertad Avanza, Beltrán Benedit, María Fernanda Araujo, Lilia Lemoine, Manuel Quintar, junto al jefe del Bloque, Oscar Zago, presentaron un proyecto de Ley que busca derogar la Ley 27610 que garantiza el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo, así como a la atención postaborto para todas las personas con capacidad de gestar.

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Al mismo tiempo, el proyecto también pretende penalizar la práctica del aborto. La iniciativa fue presentada horas antes del encuentro entre el presidente Milei y el papa Francisco en el Vaticano, generando un escenario de tensiones y debate en la esfera política.

El proyecto propuesto por el bloque oficialista plantea penas de reclusión de tres a diez años para aquellos casos en los que el aborto se realice sin el consentimiento de la mujer, aumentando esta pena hasta quince años en situaciones en las que el aborto resulte en la muerte de la mujer.

Por otro lado, contempla penas de uno a cuatro años si el aborto se realiza con el consentimiento de la mujer, aumentando esta pena a seis años en caso de fallecimiento de la mujer como resultado del aborto.

Otro aspecto relevante del proyecto es la modificación del artículo 86, que se refiere a los profesionales a cargo de la intervención en abortos. Se propone que aquellos profesionales que abusen de su ciencia o arte para causar un aborto o cooperen en su realización sufran además de la pena, una inhabilitación especial por un tiempo doble al de la condena.

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Se establece también que el aborto realizado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta y con el fin de evitar un peligro inminente para la vida de la madre no será punible, siempre que el peligro no pueda ser evitado por otros medios.

En cuanto a los abortos realizados en casos de violación, uno de los puntos más polémicos, se ha decidido eliminar la causal de no punibilidad. Sin embargo, estos casos quedarían comprendidos en la redacción propuesta para el artículo 88 del Código Penal, que autoriza al juez a eximir a la mujer de la pena en atención a las circunstancias que la llevaron a abortar y a su comportamiento posterior, manteniendo así el carácter delictivo de la conducta.

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