Casación revisará si el atentado a Cristina Kirchner debe considerarse femicidio
La Cámara Federal de Casación Penal habilitó la revisión del fallo por el atentado contra Cristina Kirchner, con el objetivo de determinar si corresponde aplicar la figura de femicidio en el caso.
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La decisión fue tomada por la Sala II del tribunal, que hizo lugar a un recurso impulsado por el Ministerio Público Fiscal para reexaminar la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal N° 6.
En ese fallo, Fernando André Sabag Montiel fue condenado a 10 años de prisión y Brenda Elizabeth Uliarte a 8, sin que se incluyera el agravante de violencia de género.
El planteo de la fiscalía incorpora un análisis específico sobre el contexto en el que ocurrió el ataque, al considerar que existió un componente de violencia simbólica y hostigamiento mediático hacia la ex presidenta por su condición de mujer en la política.
En esa línea, las fiscales cuestionaron el criterio del tribunal oral, que había descartado el femicidio al entender que no existía una animosidad dirigida al género femenino en general.
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Según argumentaron, esa interpretación omite el carácter estructural de la violencia de género y su reconocimiento en la legislación vigente, particularmente en la ley 26.485.
Durante el juicio, el Ministerio Público había solicitado penas más elevadas -15 años para Sabag Montiel y 14 para Uliarte- bajo la calificación de homicidio triplemente agravado, incluyendo la perspectiva de género, lo que finalmente no fue incorporado en la sentencia.
Con la apertura del recurso, el tribunal deberá ahora definir si confirma el fallo original o si introduce un criterio que contemple la violencia de género en este tipo de ataques.
La resolución podría sentar un precedente relevante en materia judicial, especialmente en casos vinculados a violencia política contra mujeres y su impacto en el sistema democrático.
