Punto por punto, el protocolo para negocios y actividades liberales fuera del Gran Mendoza

Negocios, y actividades autónomas, que no estén en el Gran Mendoza podrán comenzar a trabajar. ¿Qué requisitos deben cumplir?

Esta mañana, el Gobernador de Mendoza Rodolfo Suarez, informó que en el interior de la provincia, en aquellos departamentos que no forman parte de lo que se conoce como Gran Mendoza, se irá flexibilizando la economía y podrán abrir ciertos negocios como por ejemplos peluquerías. También liberan el ejercicio de las profesiones liberales tales como abogados, contadores públicos, escribanos, corredores inmobiliarios.

"Los departamentos de la zona Este, Sur y Valle de Uco, están habilitados para ir trabajando actuando de acuerdo a los protocolos con el horario de 8 a 18. Teniendo en cuenta que después de las 19 no hay excusas para estar en la calle, salvo los deliverys que tiene hasta las 23", informó Suarez. 

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En cuanto al protocolo que deberán cumplir quiénes comiencen sus actividades, aquí un detalle:

Protocolo para peluquerías exceptuadas que no pertenecen al Gran Mendoza

  • Sólo se podrá atender con turno previo
  • No se podrán atender a los considerados grupos de riesgo
  • No podrán tener clientes en espera
  • Los sillones deberán mantener la distancia mínima de 2 metros
  • Mantener aireado y ventilado el local
  • Uso de barbijo, guantes, delantal y en lo posible máscara.
  • Desinfectar antes y después de la atención de cada cliente las herramientas de trabajo y el espacio de atención
  • Evitar el uso del secador de cabello
  • Tener a disposición del cliente alcohol en gel, o alcohol al 70%
  • Al ingresar al local los clientes deberán completar la declaración jurada de salud

Protocolo para el ejercicio de profesiones liberales exceptuadas que no prestan servicios en el Gran Mendoza

1-Al movilizarse deberán contar con credencial que acredite tal condición y su DNI

2-Los desplazamientos deberán respetar el distanciamiento social (2 metros). Si lo hacen en vehículos deberán contar con medidas de higiene obligatoria y capacidad de personas transportables

3-El trabajador está obligado a informar a sus empleadores en caso de presentar síntomas y consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que el empleador determine. En ningún caso podrá asistir al lugar de trabajo con síntomas.

4-Mantener el distanciamiento social (2 metros) para comunicarse entre personas

5-Se deberá intentar evitar la realización de entrevistas personales debiéndose realizar el asesoramiento por teléfono o medios virtuales.

6-En los estudios profesionales u oficinas sólo se podrá atender a clientes con turno previo.

7-Bajo ninguna circunstancia se podrán atender de manera presencial personas que se encuentren en los denominados "grupos de riesgo"

8-Para el caso de que el profesional considere imprescindible concretar una entrevista personal deberá facilitar un turno al cliente, de modo que al mismo le quede constancia por escrito, de tal forma que el mismo sirva -a su vez- de certificado para ser presentado ante las autoridades pertinentes como autorización de circulación.

9-Asimismo, en las consultas, el profesional podrá recibir solamente a una persona por vez y no se podrán pautar más de 4 (CUATRO) consultas diarias.

10-Entre las entrevistas se deberá proceder a la limpieza y desinfección de los muebles utilizados y elementos de trabajo.

11-En todos los casos, tanto los profesionales como personal de la oficina y clientes deberán utilizar tapabocas.

12-Los profesionales podrán permanecer trabajando en sus estudios u oficinas en los horarios de 09.00 a 18.00hs. Se recomienda no permanecer en la misma oficina trabajando más de 2 (DOS) personas, respetando siempre el distanciamiento interpersonal. En caso de que resulte absolutamente imprescindible la asistencia de más personal, el mismo siempre deberá respetar el distanciamiento social de 2 (DOS) metros entre cada puesto de trabajo.

13-No compartir utensilios de uso personal. Por ejemplo: artículos de librería, vasos, botellas, mate, etc.

14-Las oficinas deben ser ventiladas y desinfectadas diariamente.

15-El estudio u oficina debe garantizar la posibilidad de que personal y clientes higienicen sus manos con agua y jabón o alcohol en gel o diluido antes y después del ingreso. Asimismo, debe garantizar sanitario con agua, jabón, toallas de papel, y vasos descartables.

16-Las superficies que se tocan con frecuencia (pasamanos, pomos de puertas, fichas de estacionamiento, ascensores, escaleras eléctricas, entre otros), deberán ser lavadas con productos a base de agua con hipoclorito, alcohol al 70% o productos desinfectantes.

17-Las superficies del baño y el inodoro, deberán ser limpiadas con material desechable y desinfectado diariamente con productos a base de agua con hipoclorito o productos desinfectantes.

18-Los trabajadores encargados de la limpieza deberán protegerse con guantes, barbijo, mientras realizan las labores de limpieza e higiene. Tras efectuar la limpieza se deberán realizar higiene de manos.

19-Deben colocarse contenedores con tapas adecuadas y correctamente identificadas para desechar elementos de seguridad.

20-Se recomienda no recibir papeles en los estudios u oficinas. Destinar un espacio o mostrador donde los papeles puedan ser dejados y posteriormente retirados, de modo de evitar el contacto entre personas. Este sitio deberá ser higienizado frecuentemente.

21-En todos los casos, los empleados y profesionales al momento de retomar sus tareas, y los eventuales clientes al momento de ingresar al local deberán completar la declaración jurada de salud.

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