Límites a prisiones preventivas beneficiaría a más de 8 mil personas

La Comisión Bicameral de Seguimiento y Aplicación del nuevo Código Procesal Penal Federal dispuso el viernes pasado que entren en vigencia los tres artículos que le acotan la libre interpretación a los jueces y juezas para disponer la detención de un imputado.


El
Gobierno publicó en el Boletín Oficial la resolución que pone límites a las
prisiones preventivas y que está incluida en dentro del nuevo Código Procesal
Penal que comenzará a regir en todo el país a partir de este viernes. La
Comisión Bicameral de Seguimiento y Aplicación del nuevo Código Procesal Penal
Federal dispuso el viernes pasado que entren en vigencia los tres artículos que
le acotan la libre interpretación a los jueces y juezas para disponer la
detención de un imputado.





En ese
sentido, si se tienen en cuenta los datos del último informe de la Procuración
Penitenciaria Federal, hay 8.348 personas privadas de su libertad que están
encarcelados sin que la Justicia haya dictado sobre ellos una condena firme, y
que podrían beneficiarse con el nuevo Código.





Los
nuevos cambios determinan que el fiscal o la querella pueden pedirle al
magistrado a cargo de la causa el dictado de una prisión preventiva sólo cuando
esté demostrado que otras nueve medidas sancionadas previamente no alcanzan
para asegurar el correcto funcionamiento del proceso judicial. De esta manera,
de manera previa a la disposición de una prisión preventiva, se interpondrán
nueve sanciones menos lesivas de la libertad del acusado.





Según la
regulación vigente hasta hoy, las prisiones preventivas deben ser utilizadas en
dos casos puntuales: riesgo de fuga y/o de entorpecimiento del proceso
judicial.