Revés al bolsillo: la justicia suspendió el DNU que declaró servicio esencial a las telecomunicaciones

Dejó en suspenso el DNU de Alberto Fernández que declaró servicio esencial a las telecomunicaciones.

La justicia suspendió el DNU del Gobierno Nacional que declaró los servicios de internet, telefonía y TV por Cable como servicios esenciales y restableció la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, es decir eliminar el tope de aumento de tarifas.

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Además, ordenó al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) "abstenerse de emitir y llevar a cabo" alguna decisión al respecto, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.

Mediante el decreto 690, emitido el 11 de agosto, el Gobierno nacional declaró "servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia" a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga. La medida además dispuso el congelamiento de los precios hasta el 31 de diciembre y luego autorizó sólo un 5% de incremento y dispuso que las empresas del sector deben contar con autorización del Estado para cualquier modificación tarifaria.

El texto determinó que el organismo establecerá en la reglamentación "la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad".

El freno de la justicia

El ENACOM fue notificado este martes de la decisión judicial que restablece la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, como servicio en competencia, dejando que el mercado decida los aumentos, en un marco en donde la pandemia vuelve indispensable los servicios de internet, sobre todo para asegurar el acceso a la educación, a lo largo y ancho del país. 

"La medida cautelar, iniciada por un representante de nuestra industria de la provincia de Córdoba, determina la suspensión del DNU 690, del DNU 311 y de todo acto dictado como consecuencia de dichas normas. Asimismo, ordena al Poder Ejecutivo nacional y al ENACOM abstenerse de emitir y llevar a cabo acto alguno con fundamento en dichos decretos, hasta tanto se dicte sentencia definitiva", destacó la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC), cuyo director es Walter Burzaco, hermano de Eugenio Burzaco, ex funcionario del gobierno de Cambiemos. 

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Además, señaló que según lo dispuesto por la Justicia, el organismo regulador "no se encuentra facultado a continuar dictando normas derivadas del DNU 690 ni ejecutando las ya dictadas, las que se encuentran suspendidas de un modo general, alcanzando a todos los operadores TIC de nuestro país".

El fallo entendió que, tal como venían denunciando las compañías del sector, estos decretos que fijan tarifas impiden a las empresas recuperar las inversiones realizadas y continuar prestando servicios tal como lo hacen actualmente.

"La situación de nuestra industria empeoró con el dictado de la Resolución 1466 de diciembre pasado, que únicamente autorizó un aumento entre el 5 y el 8%. Ello resulta absolutamente irrazonable e insuficiente en tanto la inflación oficial del año pasado fue del 36% según el INDEC y nuestros precios están congelados desde hace más de un año", advirtió al respecto ATVC.

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