Reclaman que un proyecto de ley que está por ser aprobado restringe los derechos de las personas gestantes

Un proyecto de la Legislatura que busca avanzar sobre la autonomía de las obstetras ha recibido fuertes críticas.

En la Legislatura de Mendoza está cerca de ser aprobado un proyecto de ley en el que, supuestamente, se busca "establecer el ejercicio profesional de la licenciatura en obstetricia como una actividad autónoma en la provincia".

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Sin embargo, organizaciones sociales y trabajadoras de la salud denuncian que el proyecto desarrollado por la diputada Ana María Andía (UCR) está lejos de beneficiar a las licenciadas en obstetricia y, sobre todo, a las mujeres embarazadas.

"En el 2019 se impulsó un proyecto de ley que bajo la apariencia de garantizar autonomía en el ejercicio profesional, en realidad restringe los derechos laborales como los derechos fundamentales de personas gestantes", explicaron obstetras sobre el conflicto.

El Senado aprobó el proyecto y lo devolvió a Diputados. 

De hecho, Xumek, la asociación mendocina para la promoción y protección de los derechos humanos, ha hecho foco en este tema. Belén Godoy, de la ONG, explicó más detalles al respecto en Radio Nacional.

"Con este proyecto se busca establecer el ejercicio profesional como actividad autónoma: amplia incumbencias en atención primaria, anticoncepción, indicación de medicamentos, pero poco se habla de una real autonomía de la profesión", dijo.

El punto en cuestión es el artículo 4 del proyecto de ley. Allí se explican las "Modalidades del ejercicio profesional". En ese artículo se determina que el título de Licenciada en Obstetricia "habilita para ejercer la actividad profesional en forma autónoma, de manera independiente o en relación de dependencia, en forma individual y/o integrando equipos de salud interdisciplinarios".

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En la oración siguiente existe una contradicción cuando agrega: "La atención del parto se deberá encuadrar en las Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE) aprobadas por la Resolución Nº 670/19 de la Secretaría de Salud de la Nación o norma que lo reemplace. En situación de emergencia obstétrica en la atención en el consultorio, o como situación de absoluta excepción en el domicilio de la persona asistida, se deberá convocar sin demora a un Servicio Médico de Emergencia con traslado".

Godoy aseguró que son muchas las maternidades en Mendoza que no cumplen con las CONE. "Si este proyecto de ley se aprueba -explicó-, las parteras mendocinas sólo podrán asistir partos en maternidades con médicos, ginecólogos, anestesistas, quirófano, banco de sangre, neonatólogos y ambulancia durante las 24hs; es decir, en maternidades de alta complejidad. Por lo tanto, se verán excluidas de instituciones de baja complejidad como lo son las de zonas rurales y en el ámbito domiciliario, en donde el rol de la partera es fundamental para las mujeres".

Además, agregó, "si esta ley sale sería un retroceso a la ley de parto respetado que está en vigencia, y no se respetarían los derechos de las personas gestantes para elegir libremente dónde y cómo poder parir".

En tanto, obstetras explicaron que de ser aprobado este proyecto, solo "podremos asistir partos en ámbitos institucionales, lo cual sería grave no sólo para nuestra profesión, sino también para las mujeres y familias que eligen parir con parteras".

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