Rechazaron por motivos formales el primer amparo contra la reforma judicial

La justicia rechazó «por improcedente» el primer amparo presentado contra las ley que limitó las medidas cautelares y la que dispuso la creación de tres nuevas Cámaras de Casación Penal como instancia previa a la Corte.




La jueza Cecilia Gilardi consideró que el recurso promovido por el abogado Andrés Gil Dominguez es "improcedente" porque no se puede impedir la promulgación de una ley.
 
"Ni se analizaron los fundamentos", informaron fuentes judiciales, y explicaron que, en todo caso, "los amparos deben ser presentados luego de promulgadas y publicadas las leyes normas que se objetan".
 
En este sentido, recién hoy quedó oficializada la ley que regula las medidas cautelares a través de la publicación del decreto presidencial correspondiente en el Boletín Oficial, mientras que la norma que crea las tres nuevas cámaras de casación todavía no fue promulgada.
 
La presentación fue realizada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien interpuso este lunes la primera acción contra la reforma impulsada por el Gobierno.
 
Se trata de una acción "colectiva", esto es en representación de "todos los habitantes de la Nación que ven amenazado su derecho a la tutela judicial", según dice la presentación.
 
Además, el letrado pidió el dictado de una medida cautelar antes de que se resuelva el fondo de la cuestión, que prohíba al gobierno la promulgación y publicación de ambas normas.
 
"De no suspenderse de forma cautelar los actos impugnados, se genera una situación de daño irreparable, en general, pero especialmente en cuanto al pleno ejercicio de las medidas cautelares", dice la presentación rechazada.
 
El abogado constitucionalista Daniel Sabsay explicó en "Hola Chiche", por Radio 10, que "el rechazo es por motivos formales en la medida que no está vigente porque algunas leyes no fueron sancionadas y las otras no fueron promulgadas".
 
"Uno no puede ampararse sobre un acto que todavía no rige, no es un acto válido aún. Por esto mismo se rechazó el amparo contra el pacto con Irán, que hasta que no haya una aprobación del Parlamento iraní todavía no rige", argumentó.
 
No obstante, el letrado aseguró que "están todos los requisitos dados para que se pidan recursos de amparo y se determine la inconstitucionalidad de las mismas".