Amplían permisos y se podrá hacer en casa: quiénes tendrán permitido cultivar cannabbis con fines medicinales

El Ministerio de Salud ampliará la reglamentación de la Ley 27350 con lo cual permitirá el autocultivo de cannabis, autorizará la venta en farmacias y favorecerá el cultivo y producción en organismos públicos como el CONICET.

El proyecto de ampliación de la reglamentación de Ley 27350, sancionada en 2017, fue presentado ayer por el ministro de Salud, Ginés González García, ante organizaciones cannábicas, médicos, docentes y científicos y el Consejo Consultivo Honorario incluye el autocultivo.

Entre los puntos más importantes incluidos en la nueva reglamentación, se autoriza el autocultivo de plantas de canabbis solo con fines medicinales.

Prueban aceite de cannabis en niños con casos graves de epilepsia

Puntualmente, el artículo 8 del documento que, establece que el Registro Nacional, que funcionará bajo la órbita del "Programa Nacional Para el Estudio y la Investigación del uso Medicinal de la planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales" otorgará las autorizaciones de cultivo a:

a) Personas a las que se les haya indicado como tratamiento médico, terapéutico y/o paliativo el uso de la planta de cannabis y/o sus derivados y que lleven adelante el cultivo de las plantas de cannabis, así como su extracción o preparación de derivados para sí.

b) Personas que lleven adelante el cultivo de las plantas de cannabis, así como su extracción o preparación de derivados para familiares y/o allegados que se les haya indicado como tratamiento médico, terapéutico y/o paliativo el uso de la planta de Cannabis y/o sus derivados.

c) Personas que lleven cultivos pequeños controlados, de un máximo de (sin precisar aún), llevados a cabo por organizaciones de cultivadores de cannabis u otros para uso médico, terapéutico o paliativo u otros cultivadores privados o gubernamentales.

d) Personas, empresas u organizaciones que lleven a cabo cultivos mayores de cannabis para terceros, previstas en el art. 5 y 10 de la nueva reglamentación.

En la misma línea, el proyecto reglamentario prevé que se autorice el cultivo de Cannabis con fines de investigación médica o científica al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), cuya producción se destinará a la elaboración de la sustancia que sirva para proveer a quienes estuvieren incorporados al Programa o a terceros.

Estos organismos podrán conservar y caracterizar el germoplasma de Cannabis medicinal a través de semillas, plantas y cultivo in vitro. También tendrán autorización para plantar, cultivar, cosechar, acondicionar y acopiar plantas de Cannabis, sus derivados y/o preparados, producir semillas, flores, esquejes, plantines y/o preparados para su uso en investigación médica y/o científica, como también para el aprovisionamiento de los laboratorios.

Otras de las novedades del proyecto es la ampliación de patologías que podrán tratarse con cannabis. Hasta ahora estaban autorizados sólo los pacientes cuyo diagnóstico fuera Epilepsia Refractaria. El artículo 3, refiere que "serán autorizadas "las personas a las cuales se les prescriba como modalidad terapéutica el uso de la planta de cannabis y sus derivados".

Qué experiencias existen en Mendoza

En la provincia hay experiencias de uso del cannabidiol con fines medicinales en pacientes con epilepsia refractaria. En 2018 el Hospital Notti comenzó a tratar a 12 pacientes pediátricos con Tilray, un medicamento provisto por el laboratorio APHRIA de Canadá, quien donó el fármaco para un estudio que es coordinado a nivel nacional por especialistas del Hospital Garrahan.

Además, Mendoza está entre las provincias precursoras en cuanto a la sanción de normas relacionadas con el uso medicinal del cannabis ya que en marzo de 2017 la Legislatura aprobó una ley que establece un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso terapéutico o paliativo de cannabis y sus derivados.

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