Qué pasará con el saldo de las tarjetas de crédito que vecen en septiembre

El BCRA dispuso que los bancos deberán refinanciar los saldos de los resúmenes con vencimiento en septiembre que no hayan sido cancelados en término.

A través de las de la comunicación "A" 7095, el BCRA estableció que los resúmenes de tarjetas de crédito cuyo vencimiento opere entre el 01/09/2020 y el 30/09/2020 y que no sean cancelados en término, serán refinanciados a un año, con 3 tres meses de gracia en 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con una tasa (TNA) del 40%. 

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Según las comunicaciones ya enviadas por bancos y entidades emisoras de tarjetas de crédito, la primera cuota del saldo financiado deberá ser abonada luego del período de gracia (tres meses). Dicho monto podrá ser pre-cancelado total o parcialmente en cualquier momento y sin costo, excepto el interés compensatorio devengado hasta el momento en que sea solicitada la pre-cancelación. 

Qué pasa con los resúmenes adheridos al débito automático

En este caso las entidades bancarias efectuarán el débito únicamente el día del vencimiento del resumen. Otra opción es solicitar el stop debit, y si el descuento ya se realizó, se pueda pedir la reversa del pago dentro de los 30 días de haberse debitado el mismo.

Cómo hacer el stop debit

  • Podés pedir la reversión de un débito, cualquiera sea el motivo.
  • El monto revertido se te debe acreditar dentro de los 3 días hábiles siguientes. 
  • Se puede dar de baja el débito directo en tu banco, no hace falta contactar a la empresa recaudadora o entidad receptora. Tampoco es necesario que exista una razón específica para la baja.
  • El pedido de reversión tenés que hacerlo dentro de los 30 días corridos desde la fecha del débito. 

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