Punto por punto: así es la "nueva normalidad" en la noche y boliches de Mendoza

El Gobernador firmó el decreto que elimina restricciones para toda la provincia en lo que respecta a la diversión y esparcimiento.

La semana en Mendoza terminó con un importante anuncio por parte del Gobierno provincial, luego de celebrar un triunfo electoral el domingo pasado en las PASO.

La provincia volverá a una normalidad pre pandemia en lo que respecta a la actividad nocturna y gastronómica. Así lo anunció el gobernador Rodolfo Suarez, quien firmó el decreto que elimina varias restricciones al respecto.

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Según explicó en Radio Nihuil, Suarez quiere que la gastronomía funcione a pleno, sin límite de capacidad de comensales. También lo que respecta a los eventos masivos y fiestas, tanto en espacios cerrados como abiertos: los aforos en los primeros será del 70% con un límite de 4 mil personas, en tanto al aire libre la máxima capacidad es de 5 mil personas.

Otra de las determinaciones del Gobernador es eliminar la obligación de tomar la temperatura al ingreso a cada lugar, sea de ámbito público o privado. Pero medidas sanitarias como el uso de alcohol en gel, el distanciamiento social y el tapabocas, seguirán rigiendo.

Estos son los puntos más importantes del nuevo decreto:

  • Dispóngase un aforo general para todas las actividades autorizadas en espacios cerrados -garantizando adecuada ventilación- del setenta por ciento (70 %) del factor de ocupación habilitado, hasta un máximo de CINCO MIL (5.000) personas.
  • Autorícense los eventos al aire libre hasta un máximo de CINCO MIL (5.000) personas.
  • Facúltese a la Subsecretaría de Deportes, dependiente del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, a determinar el aforo de los eventos deportivos, de conformidad con lo dispuesto por la asociación y/o Federación Nacional competente respecto de cada práctica deportiva, en conjunto con la autoridad sanitaria nacional.
  • Normalizar el funcionamiento de Gastronomía y Alojamiento bajo la misma modalidad de pre-pandemia.
  • Para todas las actividades autorizadas por la presente norma, deberá procurarse la adopción de medidas preventivas contra el CoVid-19 recomendadas por la autoridad sanitaria.
  • Déjese sin efecto la obligación de establecer controles de temperatura corporal en el acceso a cualquier ámbito, público o privado, previamente establecida en los protocolos vigentes.

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La normativa completa:


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