Prorrogan Precios Máximos sin aumentos, pero excluyen 36 categorías de productos

La medida abarca a 120 artículos de la canasta básica, en el marco de la pelea contra la inflación.

La Secretaría de Comercio Interior prorrogó este viernes hasta el 8 de junio el programa de Precios Máximos, el cual mantendrá solo productos de la canasta básica que no registrarán aumentos, y saca de la lista 36 categorías de alimentos, productos de higiene, perfumería y limpieza.

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Así se dio a conocer hoy a través de la resolución 489/21 de la Secretaría de Comercio Interior publicada esta tarde en el Boletín Oficial que decide la prórroga de la Resolución 100 de 2019 que estableció el programa de Precios Máximos hasta el 8 de junio.

En esta nueva etapa se decidió mantener en el programa los productos de la azúcar, galletitas, harina de maíz, harina de trigo 000 y 0000, legumbres secas, pastas secas (excepto rellenas, al huevo e importadas), puré y conserva de tomate, leches, caldos y puré, té y aguas y aguas saborizadas.

También continúan en la canasta aderezos (mayonesa, vinagre, etc), conservas de atún y caballa, conservas de durazno, conservas de vegetales y legumbres, mate cocido, cereales, toalla húmedas higiénicas, tampones, limpiadores de cocina, baño y vidrio, sanitizante (alcohol en gel) y lavandina líquida.

El programa de Precios Máximos fue implementado por la resolución 100 de la Secretaría de Comercio Interior el 19 de marzo de 2020, en respuesta a "haber observado un aumento generalizado e irrazonable de precios de alimentos, productos de higiene y cuidado personal".

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Por ese motivo y en el marco de las medidas de aislamiento social por la pandemia de coronavirus "se dispuso transitoriamente la fijación de precios máximos de venta al consumidor final de tales bienes a los valores vigentes al día 6 de marzo de 2020".

La prórroga del programa a lo largo del año pasado generó el reclamo de los principales productores de los productos afectados, al entender que la evolución de precios de esa canasta no acompañaba el incremento de costos.

los productos excluidos

En esta oportunidad, la secretaría decidió sacar de la lista desde hoy 36 categorías de aceite de oliva y otros aceites, tostadas y grisines, edulcorantes, saborizadores, arroz (excepto largo fino), encurtidos, aceitunas y pickles, harinas leudantes y premezclas, horneables y gelificables, pastas frescas, milanesas de soja, productos congelados en base a vegetales procesados y suplementos vitamínicos.

También salieron del programa tapas de empanadas y tartas, óleo calcáreo, apósitos y protectores mamarios, amargos, jugos, leche infantil, queso rallado y queso crema, crema de leche, dulce de leche, manteca y margarina, yogur, postres y flanes.

Otras familias de productos son esponjas y guantes, trapos y paños, destapacañerías, toallas húmedas desinfectantes, perfumes y colonias, coloración del cabello, pañales para adultos, algodones e hisopos, esmaltes y quitaesmaltes, preservativos y geles Íntimos, productos para depilación, helado y hielo, y otros accesorios de limpieza.

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