Pasando en limpio: qué actividades están permitidas en el Gran Mendoza

Hoy salió el decreto del Gobierno provincial en el que extienden la cuarentena hasta el 24 de mayo. Un repaso sobre lo que se puede hacer y lo que sigue prohibido.

El gobernador Rodolfo Suarez decidió prorrogar la cuarentena hasta el 24 de mayo sin mayores cambios luego de que la Nación no autorice la apertura de actividades comerciales. Hoy salió el decreto N°612 en el Boletín Oficial que adhiere a lo que ya había impuesto el Ejecutivo Nacional.

El único cambió por ahora es que las actividades industriales en el Gran Mendoza ya tienen permiso para volver a funcionar siempre y cuando los trabajadores no utilicen el transporte público. Queda en manos de los empresarios resolver el transporte de sus empleados.

las actividades que están permitidas en el Gran Mendoza:

  • La obra pública y privada con sus protocolos correspondientes.
  • Los locales de cobro impuestos y servicios (incluidas las agencias de quiniela) con sistema de asistencia por terminación del DNI.
  • Los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  • La atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  • Las ópticas, con sistema de turno previo.
  • Peluquerías, con sistema de turno previo.
  • Profesiones liberales.
  • Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras.
  • Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
  • Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo, al igual que los procesos industriales específicos.
  • La actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  • Las oficinas de rentas de las provincias y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  • La venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
  • Las actividades industriales de software, indumentaria, metalurgia, cemento, cuero, bicicletas, químicos, cerámicos.

Prohibiciones que continúan 

  • Dictado de clases presenciales.
  • Eventos públicos y privados sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos.
  • Centros comerciales y shoppings.
  • Restaurantes, bares y comercios.
  • Servicio doméstico.
  • Cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, gimnasios y clubes.
  • Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.
  • Actividades turísticas, aperturas de parques y plazas.
  • Las fronteras continúan cerradas.
  • Continúan dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo los mayores de 60 años, las embarazadas y las personas en los grupos de riesgo.

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