La Justicia ordenó aplicar de inmediato la Ley de Emergencia en Discapacidad y frenó un decreto de Milei

El juez Adrián González Charvay de Campana hizo lugar a un amparo colectivo y además suspendió el artículo del decreto presidencial que obligaba al Congreso a detallar las fuentes de financiamiento.

La Justicia ordenó al Gobierno aplicar de manera inmediata la Ley de Emergencia en Discapacidad. La resolución fue dictada este viernes por el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, quien hizo lugar a un amparo colectivo y, además, dejó suspendido el artículo del decreto presidencial que exigía al Congreso detallar las fuentes de financiamiento para poner en marcha la norma.

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En su decisión, el magistrado sostuvo que "el artículo 2° del Decreto 681/2025 resulta inválido como acto de gobierno, ya que desconoce los lineamientos y las obligaciones establecidas en el Artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional" y que también "incumple los compromisos asumidos en tratados internacionales específicos en materia de derechos humanos", entre ellos la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El juez remarcó, además, que el decreto cuestionado "violenta de manera objetiva y directa el mandato constitucional de promulgación establecido por el Artículo 83 de la Constitución Nacional", ya que al frenar la ejecución de la Ley 27.793 el Poder Ejecutivo "excede en forma manifiesta las facultades que la norma constitucional le confiere", vulnerando el principio de legalidad y la supremacía constitucional.

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González Charvay subrayó que "la promulgación de una ley por insistencia del Congreso no admite excepciones, condiciones ni suspensiones administrativas", dado que "el texto constitucional no prevé, ante la insistencia de ambas Cámaras por mayoría calificada, otra alternativa más que la promulgación de la ley por parte del PEN, su publicación y consecuente aplicación".

El fallo declara nulo e inconstitucional el artículo 2 del Decreto 681/2025, ordena la aplicación inmediata de la Ley 27.793, otorga efectos expansivos a toda la población con discapacidad y a los prestadores, y prohíbe medidas regresivas que impliquen pérdida de derechos.

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