La Anmat detectó irregularidades en un producto mendocino y lo sacó de circulación

Se trata de los fideos "Don Emilio", los que según su rótulo, provienen de la ciudad de San Rafael.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), horas atrás prohibió que se continúe elaborando, fraccionando y vendiendo en todo el país los fideos secos semolados ‘Ojitos' marca "Don Emilio".

Las autoridades del organismo nacional tomaron la decisión, luego de recepcionar una denuncia de la Dirección de Bromatología de la localidad neuquina de TricaoMalal, en la que aclararon que había una inconsistencia en el producto, el cual poseía doble fecha de vencimiento.

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Fideos "Don Emilio"

Y tal cual se lee en la disposición 9290/2022 plasmada en el Boletín Oficial, se trata de "Fideos secos semolados Ojitos marca "Don Emilio" Peso Neto 500 g. - Vencimiento 06/2014 y VENCE 12/2023 - RNE 13-005857, RNPA 025 13-036187″.

Alguna de las irregularidades que se aprecia en los paquetes 

El producto en cuestión exhibía en el rótulo que era proveniente de la ciudad mendocina de San Rafael. La Anmat se comunicó con el Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de nuestra provincia, y les precisaron que la razón social GRUPO SABE S.A.I.C., domiciliado en la calle Chubut a la altura 199 de San Rafael, fue dado de baja por solicitud de la empresa, al igual que todos los RNPA de los cuales la marca Don Emilio era propietario en su momento. También, señalaron que en el mencionado domicilio funciona otro establecimiento el cual cuenta con RNE y RNPA vigentes desde 05/01/2021 y se dedica a otra actividad y rubro.

Por tal motivo, al tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser producido en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio nacional.

"A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento", se lee en la disposición.

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Y finalizaron: "Dado que exhibe números de RNE y RNPA dados de baja, y se encuentra falsamente rotulado al indicar doble fecha de vencimiento, resulta ser en consecuencia un producto ilegal".

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