De cuánto serán las multas para las empresas que incumplan Precios Justos

La Secretaría de Comercio definió el monto de las sanciones para supermercados o proveedores.

La Secretaría de Comercio, dependiente del Gobierno nacional, determinó aplicar multas de hasta un millón de pesos a las empresas que están encuadradas en el programa Precios Justos, e incumplan con las pautas establecidas.

La medida se fue oficializada por medio de la Resolución 118/2022 publicada horas atrás en el Boletín Oficial. Además, el Gobierno incluyó un anexo con el detalle de los incumplimientos y sus respectivas multas.

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La normativa es complementaria de la Resolución 75 del 11 de noviembre, por la que fue aprobada el modelo de Convenio Específico de Colaboración entre la Secretaría de Comercio y "los municipios de las diversas provincias de la República Argentina que contribuyan en las actividades de fiscalización, control y juzgamiento de los incumplimientos a los acuerdos de precios que hayan sido suscriptos" con las firmas que forman parte de Precios Justos.

Como esa resolución no detallaba los montos de las multas a aplicar ante eventuales incumplimientos, Comercio consideró "pertinente" por "cuestiones operativas" la aplicación de criterios para su fijación.

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En el caso de ofertas de productos del programa a precios superiores de los estipulados por el Convenio, las multas serán de entre $500.000 a $ 1 millón, el mismo rango si cometen una falta de oferta en cada sucursal de las empresas de al menos el 80% de los productos previstos, sin que se encontraren ofertados sus respectivos sustitutos.

Las autoridades aplicarán una sanción de $200.000 hasta $400.000, si se conociera una falta de correcta identificación mediante la señalética del programa en cada sede de las empresas participantes de al menos el 80% de los productos incluidos en los convenios correspondientes.

Las multas por incumplimiento de Precios Justos alcanzarán el millón de pesos 

Además, la resolución establece multas de $150.000 a $300.000 si se usará esa señalética "en la oferta de productos objeto de fiscalización, que no se encuentren incluidos en los Anexos de los convenios correspondientes".

Por último, fijaron multas de $250.000 a medio millón de pesos al "establecimiento de alguna restricción al número de productos de venta por consumidor o grupo familiar sin que esté previamente autorizado por la Secretaría de Comercio".

La norma detalla que, en caso de reincidencia, "se podrá aplicar un incremento de hasta el 40% de las multas", aumento que podrá llegar al 100% "en el caso de segunda reincidencia".

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