Comenzó la veda electoral: qué no se puede hacer y hasta cuándo

Este viernes arrancó la veda y son varias las actividades que se encuentran terminantemente prohibidas.

Este domingo 19 de noviembre, Argentina se prepara para el balotaje presidencial que decidirá quién sucederá a Alberto Fernández en la máxima magistratura del país. Los candidatos en disputa, Javier Milei y Sergio Massa, se enfrentarán en una contienda que capturó la atención del país.

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De acuerdo con el Código Nacional Electoral, el país entra en un período de veda electoral por 48 horas antes de la votación, lo que impone diversas restricciones para garantizar la transparencia del proceso democrático. Entre las prohibiciones destacadas se encuentran:

Proselitismo público: Queda estrictamente prohibido llevar a cabo actos públicos de proselitismo desde 48 horas antes del inicio de la votación hasta el cierre de la misma.

Encuestas y sondeos: La publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales están vetadas durante el mismo período de veda.

Venta de alcohol: Las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas deben cerrar hasta tres horas después del cierre de los comicios.

Entrega de boletas: Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos está prohibido.

Espectáculos y reuniones públicas: Se prohíben los espectáculos populares, fiestas teatrales, deportivas y reuniones públicas no relacionadas con el acto electoral durante su desarrollo y hasta tres horas después de su clausura.

Venta de alcohol (sábado a domingo): Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20:00 hasta el domingo a las 21:00.

Portación de armas y distintivos: Los electores no pueden portar armas ni exhibir banderas, divisas u otros distintivos desde las 20:00 del sábado hasta las 21:00 del domingo.

Apertura de organismos partidarios: No se permite la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

Difusión de publicidad electoral: Se prohíbe la difusión de publicidad electoral en medios televisivos, radiales, internet y gráficos.

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La violación de estas restricciones durante la veda electoral puede tener consecuencias legales y económicas. Los electores que emitan publicidad electoral durante el período de silencio establecido podrían enfrentar multas que oscilan entre $10,000 y $100,000. 

Además, aquellos que induzcan al voto o impulsen el ausentismo durante las Elecciones 2023 pueden enfrentar penas de prisión que van desde dos meses hasta dos años.

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