Ni lerdo ni perezoso, Suarez envió su proyecto para modificar la ley 7.722

De esta manera, en su primer día como gobernador de la provincia, el mandatario confirmó lo dicho en campaña y en su acto de asunción, su decisión de impulsar la actividad minera.


Ni lerdo ni perezoso, el flamante gobernador provincial efectivizó
un deseo que había expresado en campaña y que reiteró en su discurso inicial de
ayer: la flexibilización de la norma “antiminera”.





Se trata de un proyecto de ley enviado por el propio
mandatario que apunta a modificar la ley 7722. Ene se sentido, Suarez expresó
que buscará desarrollar la minería “donde haya licencia social, porque si no
generamos inversiones no vamos a crecer”. Además, aseguró que “tenemos que
hacer minería para salir de la pobreza”. Al tiempo que aclaró que será: “Con
los mejores controles del mundo”.





De esta manera, con el número de expediente 73.773, la
iniciativa ingresó este martes a la Casa de las Leyes.





Según consignó diario Los Andes, el proyecto incorpora
cambios importantes a la actual ley vigente, como por ejemplo, el permiso para
utilizar sustancias químicas como el ácido sulfúrico y el cianuro, así como
también mezclas o disoluciones de ellas.





No obstante, sí se mantiene la prohibición del mercurio en
la provincia “en todas sus formas”.





Respecto a la Declaración de Impacto Ambiental, (DIA), otro
cambio es importante en el proyecto, que está firmado por el propio Suárez y el
ministro de Economía y Energía, Enrique Vaquié, ya que se evita, con estos
cambios, que la propia DIA se discuta en la Legislatura, y que por ende, un
proyecto deba tener el aval político de la mitad más uno de los diputados y
senadores.





De cualquier manera, sí se agregan, a método de control, los
informes sectoriales de los propios municipios donde se realice el proyecto en
sí, el Departamento General de Irrigación, el Instituto Argentino de Nivología,
Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), “y de otros organismos que
considere la autoridad de aplicación como necesarios”, según marca la
modificación del artículo 3. También agrega que se deberá incluir “una
manifestación específica de impacto ambiental sobre los recursos hídricos”.