Habilitaron las mudanzas durante la cuarentena: los requisitos que hay que cumplir

El gobierno de Mendoza autorizó a trabajar a fletes y mini fletes. Lo que te exigen para poder hacerlo.

A partir de este miércoles, los mendocinos que necesiten o quieran mudarse podrán hacerlo legalmente. Es que el Gobierno de la provincia publicó el protocolo para hacerlo, autorizado por el gobierno nacional.

Mendoza autorizó el trabajo de fletes y mini fletes. En cuanto al personal de las empresas de transportes que hacen este tipo de trabajos, deberán "evitar agrupamientos de más de 5 (cinco) personas por mudanza y, entre estas, mantener la distancia". Además deberán cambiarse de ropa antes de volver a sus casas.

Además, el empleador y/o solicitante deberá proveer a los a los trabajadores de un certificado de circulación que se tramitará a través de la "App 148", para ser presentado ante la autoridad policial de.

Por otro lado, las empresas y/o solicitantes que realicen una mudanza, deberán declarar las direcciones de origen y destino del servicio así como la duración estimada de las tareas.

El horario autorizado de trabajo será de Lunes a Viernes 09.00 a 17.00 hs, y Sábados de 09.00 a 14.00 hs. Se considerará una hora previa y posterior para el arribo y el regreso. Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos.

Mudanzas en Mendoza: todo lo que hay que tener en cuenta


  •   Fletes y Mini Fletes Para Mudanzas 
  • Sin uso del Transporte Público de Pasajeros. De resultar posible, este personal arribará al domicilio laboral en bicicleta, moto o cualquier medio de transporte individual. De no ser posible, el empleador deberá disponer los medios de movilidad para su personal

  • Para mercadería transportada en camiones: coordinar adecuadamente ingresos y egresos de los mismos de modo de evitar congestiones y minimizar los tiempos de carga, descarga y espera. Se recomienda que la espera del chofer sea dentro del vehículo. 
  • Uso obligatorio de tapabocas y de guantes para todos los trabajadores. 
  • Higiene frecuente de manos: Cuando no sea factible el lavado de manos con agua y jabón, o la higiene de manos puede realizarse con soluciones a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel). La higiene con soluciones a base de alcohol debe durar de 20 a 30 segundos. 
  • Ventilar frecuentemente y durante 10 minutos el vehículo y dejarlo al sol cuando sea posible, favorecer la ventilación cruzada de aire, aunque la temperatura sea baja. Mantener cierta distancia física con las demás personas. 
  • La distancia mínima a guardar en relación con otras personas en lugares como estaciones de servicio, lugares de carga o en destino y en las oficinas, es de 1,5 metros personas. 
  • Desinfectar constantemente aquello que se manipula de modo usual: el volante, el picaporte y aquello que se encuentre dentro de los dos metros: vidrio y luneta, por ejemplo. En la limpieza incluir objetos de uso propio: billetera, lapicera, superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores. 
  • En servicio, cambiar la muda de ropa y no mezclar con la limpia. Si es posible, luego lavar la ropa de trabajo con jabón y agua caliente. Se deberá usar máscara protectora facial durante toda la jornada de trabajo; pudiendo ser reemplazada por tapaboca y lentes protectores de ojos acorde a la actividad que se realice. Mismo requerimiento de uso de protección facial para profesionales, inspectores municipales o de cualquier trabajador de ente prestador de servicio, propietarios y cualquier persona que deba ingresar al domicilio mientras se realizan las tareas de mudanza. 
  • El empleador y/o solicitante deberá proveer a los a los trabajadores de un certificado de circulación que se tramitará a través de la "App 148", para ser presentado ante la autoridad policial de control (art.6 DNU 219/2020). 
  • Las empresas y/o solicitantes que realicen una mudanza, deberán declarar las direcciones de origen y destino del servicio así como la duración estimada de las tareas. 
  • El horario autorizado de trabajo será de Lunes a Viernes 09.00 a 17.00 hs, y Sábados de 09.00 a 14.00 hs. Se considerará una hora previa y posterior para el arribo y el regreso. 
  • Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional poseerán licencias, las cuales no afectarán la percepción de las remuneraciones normales y habituales. 
  • Evitar agrupamientos de más de 5 (cinco) personas por mudanza y, entre estas, mantener la distancia social de 2 (dos) metros. Cuando la carga o descarga de algún elemento, por su peso o dimensiones, deba ser realizada por más de una persona, deberán extremarse los cuidados en el uso de los elementos de protección personal, mantener la mayor distancia posible y evitar el contacto físico. 
  • Se debe resguardar la integridad física de los trabajadores, evitando situaciones de hacinamiento y asegurando condiciones de limpieza la cual debe realizarse diariamente al igual que la ventilación del lugar. La limpieza de las herramientas de trabajo puede realizarse con productos aptos indicados por el fabricante, incluyendo agua y detergente si no las deteriorara. 
  • Es obligatorio el lavado de manos de todo el personal todas las veces que resulte necesario. 
  • No compartir vasos, utensilios de cocina, cubiertos, platos, tazas, bombillas, mate, recipientes de plástico o metal, etc. y todo aquello que contribuya a la propagación del coronavirus.
  •  Si en el lugar de trabajo o en sus domicilios se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca, dificultad para respirar o diarrea, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente y dando aviso a EMERGENCIAS EPIDEMIOLOGIA al número 0800-800-2684 y cumplir las indicaciones impartidas. Si el trabajador se encuentra en su domicilio presentando alguna de estas sintomatologías, debe consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que la empresa lo determine y NO asistir al lugar de trabajo con síntomas.
  •  Garantizar la utilización de alcohol en gel o alcohol común de 96% o 97% (7 partes de alcohol en 3 partes de agua), para facilitar la higiene adecuada de manos. La comunicación entre personas debe ser a una distancia de 2 (DOS) metros.
  •  Cada día al finalizar sus tareas, los trabajadores deberán cambiarse de ropas en la empresa, no debiendo retornar a sus hogares con la misma indumentaria de trabajo. 
  • Disponer, tanto en los lugares de prestación del servicio como durante el transporte, de tapa bocas, protecciones oculares, guantes y alcohol en gel o al 70 por ciento. Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - 
  • Las herramientas deben desinfectarse previamente a ser utilizadas. 
  • Para desplazamientos desde y hacia el trabajo evitar el hacinamiento en autos o camionetas; en distancias cortas se recomienda caminar o utilizar bicicleta o motos. 
  •  El trabajador antes de retomar sus tareas deberá llenar la declaración jurada de Salud 

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