Escándalo en Córdoba: usó IA para "desnudar" a sus compañeras de colegio y fue llevado a juicio

La Cámara de Acusación ratificó que el daño psíquico derivado de la violencia digital contra menores constituye un delito equiparable a la integridad física.

En una resolución que marca un antes y un después en la jurisprudencia argentina sobre delitos tecnológicos, la Cámara de Acusación de Córdoba confirmó la elevación a juicio de la causa contra un joven acusado de vulnerar la intimidad de sus compañeras de colegio mediante el uso de Inteligencia Artificial (IA)

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El tribunal determinó que la creación y difusión de imágenes pornográficas falsas encuadra en el delito de lesiones graves calificadas por mediar violencia de género.

La decisión, impulsada por los vocales Patricia Alejandra Farías, Maximiliano Octavio Davies y Carlos Alberto Salazar, se fundamenta en que el uso de herramientas digitales para suplantar la identidad visual de las víctimas -todas ellas menores de edad- generó un daño psicológico profundo y persistente. Según el fallo, la normativa vigente ya contempla que el menoscabo a la salud mental es una lesión penal, independientemente de si existe un daño físico concomitante.

La investigación judicial reveló que el imputado no solo manipuló los rostros de sus compañeras para insertarlos en cuerpos desnudos, sino que orquestó una exposición pública masiva. El material fue subido a sitios web para adultos e incluía datos sensibles: los nombres y apellidos reales de las jóvenes y enlaces directos a sus cuentas de Instagram.

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Esta acción derivó en un acoso sistémico por parte de terceros desconocidos, lo que agravó el cuadro clínico de las víctimas. En su voto, la camarista Farías fue contundente respecto a las secuelas:

"Los trastornos de ansiedad persistentes, el estrés postraumático, los trastornos adaptativos y el aislamiento social deben considerarse graves, sin lugar a dudas".

Violencia simbólica en la era digital 

 El tribunal hizo hincapié en que, a pesar de que las imágenes fueron manipuladas artificialmente, la exposición resultó en una forma de violencia simbólica y digital. Los magistrados explicaron que el impacto de estas conductas se produce al incidir en representaciones sociales teñidas de una cultura patriarcal, utilizando el anonimato o la distancia del entorno virtual para perpetuar mensajes estereotipados.

La resolución, publicada oficialmente por el portal de Justicia de Córdoba, advierte sobre la creciente proliferación de delitos informáticos que tienen a la mujer como sujeto pasivo. Al tratarse de víctimas menores de edad en plena etapa de formación, el tribunal subrayó su especial situación de vulnerabilidad, sentando un precedente necesario para combatir la impunidad en los espacios digitales.


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