Cómo se aplicarán los beneficios fiscales para comercios del centro

Las medidas de alivio anunciadas por el municipio se verán reflejadas en las próximas boletas de tasas de servicios aunque aún resta que se publica la ordenanza.

El intendente de la ciudad de Mendoza, Ulpiano Suarez, anunció hoy que dará exenciones a los comercios del centro que van desde un 50% al 100% en las tasas de inspección de comercio correspondiente a los periodos de abril y mayo.

Estos beneficios se aplicarán según la actividad y según el grado de afectación que han tenido desde que se dispuso la cuarentena obligatoria, aunque desde el municipio garantizan que al menos el 92% de las actividades que se verán favorecidas con estas exenciones. En tanto el 8% restante podrá solicitar un plan de pago por los meses de abril y mayo, en 6 cuotas sin interés y a pagar la primera en el mes de junio. En esta categoría quedaron incluidas actividades como concesionarias, agencias de quiniela, actividades profesionales, agencias de cambio, inmobiliarias, compra-venta de metales preciosos, entre otros.

Ante la consulta de Vox Populi, desde el municipio informaron que los comercios incluidos en los rubros beneficiados no deberán efectuar ningún trámite adicional ni completar algún tipo de formulario ya que la bonificación fiscal se verá reflejada en la boleta que recibe el comercio cada mes. 

Además señalaron que en caso de que alguien haya efectuado el pago correspondiente a las tasas de abril recibirá una nota de crédito en la próxima boleta.

El criterio para establecer las exenciones se determinó a través de un "semáforo de rubros" donde los incluidos en color rojo representan a 965 actividades que no han sido habilitados hasta la fecha. En amarillo hay 2482 actividades habilitadas sin atención al público y con fuertes restricciones en cuanto a horarios y modalidad de venta, como restaurantes, bares y cafés. Y finalmente en verde se ubican 5997 actividades permitidas desde el inicio de la cuarentena  y habilitadas a funcionar con restricciones leves, como comercios de alimentos, farmacias, estaciones de servicios y bancos.

Este es el detalle rubro por rubro de las exenciones:

Alojamientos

  1.  Exención del 50% del rubro principal (tasa de inspección). Abril y mayo.
  2. Exención 100% del rubro alcohol, del rubro gym y del rubro spa. Abril y mayo.
  3. Rubro casino: se prorrogan los vencimientos de abril y mayo para diciembre de 2020 (sin impuestos punitorios).

Agencias de turismo 

  1. Exención del 50% de la tasa de inspección. Abril y mayo.
Restaurantes, bares, cafés, pizzerías y heladerías

  1. Exención del 50% de la tasa de inspección. Abril y mayo.
  2. Exención 100% de mesas y sillas.
  3. Exención 100% de alcohol.

Gimnasios

  1. Exención del 100% de la tasa de inspección. Abril y mayo
Instituciones deportivas

  1. Exención del 100% de la tasa de inspección. Abril y mayo.

Spa

  1. Exención del 100% de la tasa de inspección. Abril y mayo.

Guarderías

  1. Exención del 100% de la tasa de inspección. Abril y mayo.

Locutorios

  1. Exención del 100% de la tasa de inspección. Abril y mayo.

Tatuadores

  1. Exención del 100% de la tasa de inspección. Abril y mayo.

Empresas editoriales

  1. Exención del 100% de la tasa de inspección. Abril y mayo.

Amoblamiento y artículos para el hogar

  1. Exención del 100% de la tasa de inspección. Abril y mayo.

Artículos consumo, comercial, personal y vestimenta

Marroquinerías, boutiques,  zapaterías, cotillones, comercios de artículos para bebés, comercios de artículos para deportes, florerías, librerías, mercerías, locales de vestimenta, bazares, locales de productos regionales

  1. Exención del 50% de la tasa de inspección. Abril y mayo.

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