Cómo es la histórica reestructuración del INV que anunció el Gobierno

El Gobierno reestructura el Instituto Nacional de Vitivinicultura y reduce la fiscalización a la etapa final del proceso productivo.

El Gobierno nacional dispuso una profunda reorganización del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), que dejará de intervenir en las etapas iniciales e intermedias del proceso productivo para concentrarse exclusivamente en el control del producto final.

El nuevo marco regulatorio fue establecido mediante la Resolución N° 37/2025 del INV, publicada este viernes en el Boletín Oficial, y entrará en vigencia el 1 de enero de 2026.

En imágenes: impresionante pérdida de agua en pleno microcentro mendocino por la rotura de un caño


Según informó la Secretaría de Agricultura, el nuevo rol del organismo estará centrado en asegurar la calidad del vino que llega a los consumidores, garantizando que los productos sean aptos para el consumo y que no se encuentren adulterados.

De esta manera, la fiscalización se limitará únicamente a la etapa de comercialización final, inspeccionando los productos envasados que cuenten con el Certificado Analítico de Libre Circulación. Con esta medida, que pone fin a la supervisión del proceso productivo completo, se estima que dejarán de realizarse unas 5.000 fiscalizaciones presenciales anuales en las bodegas.

Tras el fuerte temporal, anunciaron que el paso Cristo Redentor quedó habilitado nuevamente


SIMPLIFICACIÓN NORMATIVA 

 Hasta ahora, la normativa vitivinícola estaba regida por más de 1.000 disposiciones dispersas. Como parte de la reforma, el INV llevó a cabo una revisión integral de su marco regulatorio y consolidó la normativa vigente en un Digesto Normativo unificado y sistemático.

"De un total de 1.207 normas existentes, se derogan 973. La simplificación regulatoria implica la eliminación de trámites que generaban costos y demoras innecesarias", indicó la Secretaría de Agricultura en un comunicado oficial.

Entre las normas derogadas se eliminan la Declaración Jurada semanal de elaboración, las multas por presentaciones tardías, y el requisito de permisos de tránsito, lo que permitirá a las bodegas prescindir de los más de 140.000 permisos anuales que debían tramitar para mover sus productos. Asimismo, la Declaración Jurada de Ingreso de Uva (CIU) dejará de ser obligatoria para productores y elaboradores.

CAMBIOS EN LAS CERTIFICACIONES Y ETIQUETADO

 En cuanto a la identificación de los productos, las certificaciones de origen, añada y varietal pasarán a ser optativas para el mercado interno, aunque el INV continuará emitiendo las certificaciones requeridas para las exportaciones.

Para la libre circulación dentro del país, la certificación analítica se gestionará mediante declaración jurada digital del interesado, garantizando la trazabilidad y autenticidad de los productos. Las etiquetas deberán incluir el número de Análisis de Libre Circulación otorgado por el INV e indicar la presencia de sulfitos o dióxido de azufre en concentraciones iguales o superiores a 10 partes por millón (ppm).

El nuevo régimen será de aplicación obligatoria para productores primarios de uva, elaboradores, comercializadores, distribuidores, exportadores, importadores y laboratorios habilitados en todo el territorio nacional.

NUEVAS PRÁCTICAS ENOLÓGICAS AUTORIZADAS 

 La reorganización del INV también incorpora la aprobación de nuevas prácticas enológicas lícitas, entre ellas el uso de ácido fumárico y la desalcoholización del vino, en línea con las tendencias internacionales y las nuevas demandas de los consumidores.

Esta nota habla de: