Ahora cualquier persona puede “inventar” su domicilio en el DNI
Cada día, miles de cartas, intimaciones y resúmenes bancarios se acumulan en las puertas de las viviendas en las que el destinatario ya no vive más desde hace tiempo. O, peor, nunca residió allí. Esto se debe a que el domicilio en Argentina ha dejado de ser una condición verificable legalmente y a la hora de sacar el DNI cada persona puede dar el domicilio que quiera, sin necesidad de comprobar que reside allí. Si bien el nuevo Código Civil y Comercial establece algunas regulaciones, en la calle se impone la “trampa” por encima de la buena fe.
“Libre albedrío”
Incluso el “libre albedrío” de domicilios corre para votar, pues cualquier persona puede registrarse en un departamento o provincia y votar allí.
Marcelo Oviedo, secretario de Gabinete del Registro Civil, explicó que estos inconvenientes vinieron como consecuencia de la entrada en vigencia en 2008 de la Ley Nacional 26.413, que establece que el domicilio de las personas “es un trámite meramente declarativo para el que no necesita aportar pruebas”. “Antes las personas tenían que presentar algún impuesto o documento que atestiguara que vivía en un lugar, pero en la actualidad ese requisito ha sido borrado”, certifica.
Garantía de buena fe
Según las nuevas disposiciones, ya sea que una persona necesite renovar el DNI o realizar un trámite bancario, el domicilio que declare tendrá únicamente como garantía a su buena fe. “Ahora son las mismas personas las que están obligadas a actualizar su domicilio cada vez que sea necesario”, dice Oviedo y agrega que “aún en esos casos, dependerá de su voluntad realizar el trámite”.
“Cuando la persona no reside más en un lugar, el paquete se devuelve al remitente”
Esta falta de claridad afecta directamente a los servicios de correo, que a diario se encuentran con que una gran cantidad de notificaciones son rebotadas porque el destino es incorrecto. “En estos casos los correos cuentan con un formulario en el que se describe las razones por las que el paquete no se entregó, y una de estas es porque la persona no vive más en ese lugar”. “Cuando la persona no reside más en un lugar, el paquete se devuelve al remitente”, explica.
A falta de un registro de “no llame” como ocurre con la publicidad telefónica, aquellos vecinos que quieran dejar de recibir notificaciones que no les pertenecen, “solamente deben comunicarle al cartero que esa persona no vive más ahí, y debería dejar de recibir los sobres en su puerta”, agrega Oviedo.
El código vigente, establece en su artículo 73 que toda “persona humana tiene domicilio real en el lugar de su residencia habitual”. Se atribuye al lugar donde la persona desarrolla su vida en sentido amplio, en el ámbito donde centra y despliega sus actividades familiares, culturales, sociales, deportivas, de esparcimiento u otras. De este modo, tiene el deber y el derecho de tener un domicilio, para así garantizar el funcionamiento del estado de derecho. La norma también establece que en caso de que la persona no manifieste su cambio de domicilio, será tenido en cuenta su última residencia.
Por su parte, el subsecretario de Justicia, Sergio Bonsangüe explica que “en esos casos le corresponderá al nuevo Código Procesal Civil y Comercial determinar el modo en que una persona sea ubicada”. La norma se encuentra en desarrollo y se aplica el mecanismo del código anterior, es decir, el confeccionado por Vélez Sarsfield hace más de un siglo.


