Mendoza, la primera provincia que regula el uso de servicios como Uber
La Cámara de Senadores aprobó ayer la nueva Ley de Movilidad para la provincia. La norma, que fue acompañada por 24 senadores y rechazada por 14, le abre las puertas a la llegada de plataformas electrónicas como Uber y Cabify. Mendoza se convierte así en la primera provincia del país que recibirá y le dará un marco legal a este tipo de aplicaciones. Todo esto se dio con protestas de taxistas, remiseros y choferes de transportes escolares en las inmediaciones de la Legislatura.
Durante el debate, la presidenta del bloque de Senadores del Partido Justicialista, Patricia Fadel solicitó modificaciones y más tiempo para poder tratar este tema. “Le solicitamos una semana más para poder seguir trabajando en esta iniciativa, siempre hemos dado el debate y queremos ser respetados”, dijo.
Pero desde el oficialismo respondieron que en Diputados ya se había llegado al consenso con todos los partidos y por eso no se dio lugar al pedido de más tiempo.
El objeto de la iniciativa es “actualizar y completar el Marco Regulatorio del Transporte en la Provincia, conservando los principios establecidos en la Ley Nº 6082, pero a la vez, logrando un texto coherente que contemple las nuevas y distintas formas en la prestación del transporte de pasajeros y cargas y brindar reglas claras para su prestación”, según señalan los fundamentos.
Entre los principales aspectos que se modifican en este proyecto se destaca la clasificación y calificación de los servicios de transporte, de manera tal “que resulte más clara y arreglada a la demanda y prestación real de los mismos con el fin de ampliar la oferta, sentando reglas claras que permitan garantizar a prestadores y usuarios los derechos de competencia y subsidiaridad” previstos en la Constitución Nacional.
Con respecto a las aplicaciones como Uber, se describe como plataformas electrónicas al “servicio que con base en el desarrollo de tecnologías de dispositivos móviles, utilizando el sistema de posicionamiento global y plataformas independientes, permite conectar a usuarios que lo demanden, punto a punto, con conductores que ofrecen dicho servicio mediante el uso de la misma aplicación, para celebrar un contrato en los términos del artículo 1280 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, según se trate de un servicio de transporte público o privado, respectivamente”.
En este sentido, establece el articulado que los titulares de los vehículos afectados a estos servicios deberán solicitar a la autoridad de aplicación (Secretaría de Servicios Públicos), el otorgamiento de un permiso de explotación, el que “tendrá el carácter de precario y revocable”.
La norma indica que el permisionario deberá ser titular dominal del vehículo con el que prestará el servicio y solo podrán ser permisionarios personas humanas. Ninguna persona podrá ser titular de más de un permiso afectado a este servicio, pudiendo autorizar a otro a realizarlo.