Cómo fue la fase 1 en Mendoza a la que se podría volver si no bajan los casos

El Gobernador y la ministra de Salud alertaron que, si la curva de contagios sigue en aumento, se regresará a esa etapa del aislamiento. Cuáles eran los negocios abiertos.

Mendoza está en un punto alto de la curva de contagios de coronavirus. Quizás no el pico, eso se sabrá más adelante. Lo cierto es que el número de personas contagiadas aumenta y eso implica que los funcionarios deban tomar medidas para cortar con la circulación de las personas aún más en las calles mendocinas. 

Este miércoles, la provincia tuvo un nuevo récord de infectados en un sólo día: 709 nuevos casos se reportaron desde el Ministerio de Salud, sumando un total 8.560 desde el inicio de la pandemia. La tasa de positividad, factor que el Gobierno provincial tiene bien en cuenta, no está siendo un factor favorable tampoco: el 45% de los testeos que se realizaron los últimos días arrojaron resultados positivos por Covid-19. Una cifra elevada.

Finalmente, este jueves la ministra de Salud Ana María Nadal, se refirió a la posibilidad de retroceder a la primera fase del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO): "Si sigue el aumento de casos, estamos evaluando la posibilidad de volver a una Fase 1 de aislamiento. Si seguimos con contagios tan exagerados, el sistema de salud va a estar complicado para dar respuesta", afirmó a Canal 9 en una entrevista desde el Hospital Carrillo.

Nadal: "Estamos evaluando volver a fase 1"

Cuando llegó la pandemia a la Argentina, el pasado marzo, el Gobierno de Mendoza se adhirió al Drecreto de Necesidad y Urgencia a nivel nacional que dictaba el ASPO a partir del 20 de marzo hasta el 31 de ese mes. Luego, nuevas fases se fueron decretando. Pero en esa primera etapa, las actividades económicas y sociales estaba bien limitadas con el fin de controlar la situación epidémica.

En ese sentido, fueron decretadas las actividades esenciales que no se encontraban en la obligación de cumplir con el aislamiento y debían contar con el certificado de circulación habilitante. Con el tiempo se fueron agregando más "trabajos esenciales" y la lista completa publicada en el Decreto 297/2020 del Gobierno de la Nación fue el siguiente:

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a obra pública.

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11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

¿Qué pasó en Mendoza?

El Ejecutivo provincial adhirió al DNU Nacional y estableció, mediante el Decreto 433, los siguientes horarios de funcionamiento de las distintas actividades:

 a- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de 10.00 a 18.00 horas;

b- Las farmacias podrán atender en su horario habitual y con los turnos habilitados por la autoridad de aplicación; 

c- Expendio de combustible en horario habitual y cumpliendo con las guardias mínimas de personal que establece el artículo 6º, inciso 23 del Decreto Nº 297/2020. 

d- Reparto a domicilio (delivery) de 10.00 a 23.00 horas.

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Así, actividades como el turismo interno, gimnasios, celebraciones religiosas, actividades recreativas, clubes, espectáculos, reuniones sociales de cualquier tipo y otras actividades económicas, quedaron prohibidas en esa etapa. 

Esto no quiere decir que así será la vuelta atrás que planea el Gobierno de Mendoza, si no cuáles fueron las restricciones tomadas en esa etapa de la pandemia. Ahora, con un preocupante aumento de casos, los funcionarios analizan tomar una decisión en los próximos días si esto sigue así y no se descarta que todo vuelva a como fue en marzo.

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