Los intendentes ya pueden controlar los precios

Agencia Telam

A partir de hoy los gobernadores e intendentes de todos los municipios del país podrán realizar tareas de fiscalización y control de los precios máximos.

Entre tantos problemas que ha desatado la pandemia de coronavirus, uno de los mayores dolores de cabeza del presidente Alberto Fernández son los precios de los productos en el país. Las verdulerías y muchos rubos alimenticios han aprovechado esta situación para subir los precios a costa de los consumidores.

Por ese motivo, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el Ejecutivo nacional convocó a los gobernadores e intendentes de todos los municipios del país a realizar tareas de fiscalización y control de los precios máximos establecidos por la Secretaría de Comercio Interior, en el marco del aislamiento social dispuesto para enfrentar la pandemia de coronavirus

Así lo estableció el Poder Ejecutivo a través del DNU 351 publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y el de Interior, Eduardo de Pedro.


"Convócase a los Intendentes e Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo Nº 100/20, o las que en el futuro la prorroguen, reemplacen o amplíen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680", señala el artículo 2 del decreto.

A través de esa ley, se facultó a la secretaría "a establecer, entre otros, márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios, a la vez que establece severas sanciones ante la constatación de incumplimientos".


En tanto, por medio de la resolución 100 de ese organismo, que fue dispuesta el 19 de marzo de 2020, "se dispuso por el término de 30 días corridos desde su entrada en vigencia, la fijación de precios máximos de venta al consumidor de bienes de consumo general".

Asimismo el DNU especifica que para el cumplimiento de lo establecido "las autoridades municipales se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas en los artículos 10 y 12 de la Ley N° 20.680, mientras que el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la Secretaría de Comercio Interior, quien determinará el mecanismo para la remisión de las actuaciones administrativas labradas al efecto".

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