La Justicia anuló el procesamiento de CFK por usar el Tango 01 para trasladar diarios y muebles

La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que se dicte un nuevo fallo, en el marco de la causa "Vuelos canillitas".

Este jueves se conoció que la Cámara Federal de Casación anuló el procesamiento contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa abierta en su contra por el fallecido Claudio Bonadio por el traslado de muebles, diarios y otros objetos personales a Santa Cruz en el avión presidencial entre 2003 y 2005.

La actual titular del Senado fue procesada por Bonadio en 2019 bajo el delito de "peculado", decisión que fue avalada en parte por la Cámara Federal, en un fallado que llevó la firma de los magistrados Mariano Lloren, Pablo Bertuzzi y Lepoldo Bruglia.

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La causa de los "Vuelos canillitas", que es una de las tantas indagatorias simultáneas que determinó Bonadio para la ex presidenta, como derivación del expediente de los Cuadernos de las Coimas, también llevó a la imputación al senador Oscar Parrilli, que en aquel entonces era el Secretario General de la Presidencia.

Fernández de Kirchner y Parrilli fueron acusados por Bonadio de "haber usado y/o haber ordenado el uso de los aviones de la flota presidencial con el único fin de llevar diarios a Néstor Kirchner y/o a Cristina Fernández de Kirchner a las ciudades de Calafate y/o Río Gallegos cuando cualquiera de ellos se encontraba en dichas ciudades".

"Ello habría sucedido en forma regular entre los años 2003 y 2015, mientras Néstor Kirchner ejerciera la Presidencia del país, y Cristina Fernández fuera Senadora Nacional o Presidenta, en tanto que Oscar Parrili era Secretario General de la Presidencia, de la cual dependía la Casa Militar y la Agrupación Aérea Presidencial y se realizaba en los aviones Tango 02, 03, 04 y/o Tango 10 y excepcionalmente en el avión denominado 5T20", se leía en la acusación en su contra.

CFK y Parrilli también fueron acusados de "haber usado y/o el haber ordenado el uso del avión Tango 01 en varias oportunidades para transportar desde el exterior muebles, ropa de blanco y u otro tipo de enseres cuyo destino final era alguno de los hoteles de la ciudad del Calafate, propiedad de la familia Fernández-Kirchner".

En esta oportunidad, el máximo tribunal penal tuvo en cuenta un planteo de la defensa de la ex presidenta por la presunta falta de imparcialidad del juez Bonadio, que fue quien formuló la denuncia, y se quedó con la investigación en lugar de impulsar el sorteo de otro magistrado para el trámite, y finalmente decidió el procesamiento.

"La pesquisa del presente expediente data de hechos que habrían sido cometidos entre 2003 y 2015 y fue iniciada tres años después de haber cesado la presunta comisión del delito, a instancias del propio magistrado recusado, que ordenó la extracción de testimonios en el marco de otro proceso a su cargo, originando de este modo la persecución penal", se destaca en el fallo firmado por los jueces Alejandro Slokar y Carlos Mahiques.

La Cámara Federal había desestimado los planteos contra el origen y la instrucción de la causa, al tiempo que confirmó parcialmente el procesamiento contra la ex presidenta de la Nación.

La Casación consideró que "las circunstancias reseñadas dan cuenta, por un lado, del fundado temor de parcialidad respecto del entonces magistrado actuante, impedido desde siempre de haber intervenido en este expediente".

Además, el fallo evaluó que ante los argumentos de la ex presidenta y de Parrilli "se omitió dar adecuado tratamiento a la nulidad planteada en torno a la presunta afectación de la garantía del juez natural y de imparcialidad, motivada en la circunstancia de que la presente investigación estuviera a cargo del mismo juez que dispuso la extracción de testimonios que dio origen al proceso".

El tercer juez del tribunal, Guillermo Yacobucci, decidió rechazar el planteo de Cristina Fernández de Kirchner porque "no se dirige contra una sentencia definitiva".

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