Implementan trámite de exención de corte por falta de pago de servicios

La misma incluye servicios de telefonía, internet y TV. El Enacom habilitó una inscripción online para personas físicas, monotributistas categorías C y D, que acrediten una merma del 50% o más en su capacidad económica.

La pandemia golpeó fuerte en la economía y por ende en la mayoría de los hogares. Cuando empezó la cuarentena se generó confusión sobre si las empresas de servicios estaban habilitadas a cortar por falta de pago.

El Gobierno dispuso que las empresas de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable no podrán cortar su servicio por falta de pago hasta el 31 de mayo.

Ahora bien, habrá que ver qué ocurre cuando llegue esa fecha estipulada a fin de mes. Ante esta situación el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom),  habilitó la inscripción online para personas físicas, monotributistas categorías C y D, que acrediten una merma de 50% o más en su capacidad económica, así como para asociaciones civiles con fines comunitarios, culturales o deportivos para solicitar la suspensión de corte por falta de pago en servicios de telefonía fija y móvil, internet y TV por cable.

Los interesados con mora en facturas por hasta tres meses con vencimientos posteriores al 1 de marzo deberán completar el formulario online en en el siguiente link del Enacom  y acreditar los requisitos a fin de confeccionar un listado que será remitido a las empresas prestadoras para que suspendan los cortes y habiliten el acceso a un servicio básico hasta la regularización de la situación.

El formulario deberá ser completado únicamente por los usuarios particulares que acrediten una merma de 50% o más en su capacidad de pago; monotributistas de las categorías C y D, que acrediten una merma de 50% o más en su facturación mensual y asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.


Los usuarios deberán aclarar la situación por la que solicitan la inclusión en el listado; completar un único formulario indicando uno o más servicios por los que realiza la presentación y tendrán prioridad de respuesta los usuarios con notificación de corte en curso, informó hoy el organismo.

Por su parte, las prestadoras deberán habilitar facilidades de pago que deberán prever ser abonadas en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas, no pudiendo aplicar intereses moratorios, compensatorios ni punitorios, ni ninguna otra penalidad, manteniendo esta medida por el plazo de 180 días corridos.

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