Hijos de padres separados podrán cambiar de casa: qué declaración hay que llevar

Agencia Telam

El traslado de niños y adolescentes al hogar del otro cónyuge ya es una actividad excepcional. Para realizarlo, hay que llevar esta declaración jurada.

El dilema de padres y madres separados ya tiene una respuesta: el traslado de niños, niñas y adolescentes hacia el domicilio de uno de sus progenitores o tutores legales fue autorizado como una "actividad excepcional".

Según la Jefatura de Gabinete de ministros, el objetivo es "garantizar los derechos a mantener relaciones personales y contacto directo con sus padres o referentes afectivos".

La normativa fue emitida anoche, y lo que autoriza es el traslado del niño al domicilio del otro padre o madre "siempre que sea en el interés superior del niño, niña o adolescente".

En caso de ser una familia monoparental, el traslado podrá realizarse por cualquiera de los dos cónyuges o referente afectivo que conviva con el niño.

En definitiva, la resolución publicada por el Gobierno Nacional autoriza el traslado "una vez por semana" y se deberá llevar con sigo para mostrar ante las autoridades una declaración jurada aprobada por la resolución 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social.

Ésta es la declaración jurada para el traslado de niños, niñas o adolescentes de padres o madres separados:

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