Finalmente la justicia condenó a José López a una pena de 7 años de prisión

Las dos condenas contra el detenido exsecretario de Obras Públicas, José López, fueron unificadas por el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 que lo juzgó por enriquecimiento ilícito y lo condenó el año pasado.

Las dos condenas contra el detenido exsecretario de Obras Públicas, José López, fueron unificadas este martes en 7 años y seis meses de prisión por el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 que lo juzgó por enriquecimiento ilícito y lo condenó el año pasado, informaron fuentes judiciales.

La decisión fue adoptada por los jueces Ricardo Basílico, José Michilini y Adrián Grümberg en relación a las dos condenas que pesan sobre el exfuncionario vinculadas al episodio que protagonizó en la madrugada del 14 de junio de 2016, cuando fue detenido en un convento de General Rodríguez en el que intentaba ocultar bolsos con casi 9 millones de dólares.

Los jueces resolvieron -por orden de la Cámara Federal de Casación Penal, unificar las penas en "siete años y seis meses de prisión, multa del 60% del valor del enriquecimiento, inhabilitación absoluta perpetua e inhabilitación especial para portar y tener armas por el plazo de tres años y dos meses, accesorias legales y costas", según se desprende del fallo al que accedió Télam.

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En octubre de 2017, López fue condenado por el Juzgado en lo Correccional Nº 3 de Mercedes, provincia de Buenos Aires, -a través de un juicio abreviado- a la pena de un año y siete meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil.

Esa condena estaba agotada desde el 14 de enero de 2018, cuando aún lo juzgaba el TOF 1 por presunto enriquecimiento ilícito, en el marco de un juicio, en el que el 12 de junio de 2019, fue condenado como autor penalmente responsable del delito de enriquecimiento ilícito, a la pena de seis años de prisión.

"La gravedad de los hechos y las demás numerosas circunstancias agravantes advertidas por el Tribunal, conforme lo desarrollado en la consideración anterior, tanto en estas actuaciones como en el proceso que tramitara ante los tribunales de Mercedes, y la existencia de un único hecho atenuante que no alcanza a compensar todas aquellas cuestiones que justifican una mayor severidad de la pena", sostuvieron los jueces del TOF 1 en su fallo de hoy.

"Tampoco la edad del imputado resulta en este caso una pauta que permita una atenuación de la pena, en tanto el hecho de que se encuentre próximo a cumplir sesenta años resulta una referencia absolutamente relativa, privada de todo contexto", entendieron los magistrados.

En ese sentido, consideraron "que la fecha en que se comprobó que comenzó el enriquecimiento ilícito de López fue bien anterior a la fecha de inicio de estas actuaciones allá por 2008 y por ello, la edad que se aproxima a alcanzar el imputado en un contexto de encierro es solo producto del momento de su vida en el que cometió los delitos por los que fue condenado por la sentencia no firme y, de tal forma no logra advertirse algún atenuante que pudiera derivarse de esta circunstancia en particular".

La unificación de las penas, solicitada por la defensa de Jaime, había sido ordenada el 30 de julio por sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Carlos A. Mahiques, que resolvió por unanimidad hacer lugar al planteo del defensor oficial y anular la decisión del TOF 1 de la Capital Federal que había rechazado el planteo.

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