Extienden la garantía de productos y servicios hasta que finalice la cuarentena

Esto permite que usuarios y consumidores tendrán más tiempo para hacer reclamos por fallas en lo adquirido después de este marco de confinamiento.

Muchos usuarios que adquirieron productos o servicios, no saben cómo hacer para reclamar en caso de alguna falla o desperfecto si se les vence la respectiva garantía.

Este miércoles se dio a conocer en el Boletín Oficial, que el Gobierno Nacional anunció una extensión de los plazos previstos de garantías para productos y servicios hasta que finalice la cuarentena.

De esta manera el consumidor no deberá salir ugente de su vivienda para realizar el reclamo si es que se le está por vencer o se le venció hace poco el "periodo de gracia".

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La resolución 244/2020, que tiene firma de la Secretaría de Comercio del Interior sostiene: "El Artículo 42 de la Constitución Nacional establece que las y los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos", especifica el texto y agrega: "es deber del Gobierno Nacional garantizar los derechos esenciales de la población, resultando un interés prioritario asegurar el acceso sin restricciones a los bienes básicos y al efectivo goce de los derechos reconocidos a las y los consumidores".

La medida está prevista para que los consumidores puedan hacer los reclamos pertinentes por algún producto y servicio que no sea satisfactorio en el marco del aislamiento  social, preventivo y obligatorio (ASPO): "las y los consumidores se han visto impedidos por las razones antes mencionadas de poder hacer uso de sus bienes y/o servicios en garantía".

De acuerdo con la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, todos los productos deben tener una garantía legal. Actualmente, si se trata de artículos nuevos, corresponden 6 meses, como mínimo, y para los usados, al menos 3. La resolución establece que los plazos legales comiencen a regir cuando finalice la cuarentena. Es decir que no "corre" la garantía durante el periodo de confinamiento.

Los proveedores deberán informar "de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías" y, en caso de que posean sitios web o aplicaciones para dispositivos móviles, "esta información deberá estar de modo visible en la página o pantalla de inicio, respectivamente". Además, deberán comunicar de la suspensión a los consumidores en el paso anterior al pago.

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