Este es el nuevo protocolo que deberán cumplir las empresas de transporte de pasajeros y de carga

Las nuevas disposiciones de la CNRT comienzan a aplicarse a partir de este jueves en todo el territorio nacional. También deberá aplicarse en terminales de ómnibus.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), dio a conocer este miércoles el nuevo protocolo que deberán cumplir los operadores de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional, de transporte de carga de jurisdicción nacional e internacional y a los concesionarios de las terminales de ómnibus y ferroautomotoras.

Calor y Covid-19: alertan por los riesgos de usar el aire acondicionado 

Estas son las nuevas medidas que se deberán cumplir a partir de este jueves en el marco de la pandemia de coronavirus: 

  • Extremar las condiciones de higiene en las unidades de transporte, cabeceras, terminales de ómnibus.
  • colocar suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el MINISTERIO DE SALUD, en lugares de fácil acceso.
  • Supervisar que los suministros para el lavado de manos (jabón, toallas desechables) estén constantemente disponibles.
  • Proveer elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (de tipo industriales, no caseros), a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad. 
  • Solo se permitirá el acceso a las bases operativas del personal esencial, a quien se le tomará la temperatura previa al ingreso al establecimiento. Quedará denegado el paso a cualquier individuo que evidencie un cuadro febril o síntomas compatibles con el diagnóstico de Covid-19, convocando en esos casos a los profesionales de salud para su rápido control y atención.
  • Implementar el teletrabajo y ejecución de tareas a distancia en todos los casos que no se correspondan con trabajos esenciales propios de la actividad.
  • Minimizar el contacto físico a través de la circulación de elementos, incluidos papeles y dinero, y fomentar el uso digital en cualquier transacción.
  • Establecer y poner a disposición de todos los actores involucrados, un plan de contingencia COVID-19 que contemple como mínimo: lugares específicos de aislamiento dentro de las instalaciones, y en caso de ser necesario, de uso exclusivo fuera de éstas; números telefónicos de servicios médicos donde contactarse ante un caso sospechoso, una situación de crisis o una emergencia sanitaria; identificación de los lugares donde se encuentran disponibles los elementos que garantizan la higiene y los equipos de protección personal; medidas de desinfección y lugares de desecho del material, correspondiendo esto último a lo indicado previamente.
  • Preservar toda la información referente al personal que trabajó en cada vehículo como así también de los pasajeros en los casos que fuera posible, de forma tal que ante la detección de un caso sospechoso o confirmado se pueda identificar y comunicar a todas las personas que hayan estado en contacto con el caso
  • Se reorganizarán las áreas cerradas de uso común (comedores, vestuarios, áreas de descanso, etc.) de manera que se respete las distancias de seguridad recomendadas entre las personas, debiendo asimismo observarse lo relativo al material de desecho.
  • En los supuestos de denuncias de una enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus, deberá darse intervención a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) que corresponda.
  • De acuerdo a nuevas recomendaciones del Ministerio de Salud, se deberá considerar que en estaciones y terminales jurisdiccionales -provincial y municipal- se garanticen las medidas de distanciamiento, se resguarde la accesibilidad exclusivamente a los pasajeros, se proceda a la ventilación, la desinfección y limpieza, en especial de los espacios comunes y sanitarios.

La disposición completa de la CNRT.


Esta nota habla de: