Para evitar otro “Time Warp”, en Maipú boliches y bailantas deberán servir agua gratis
Como respuesta al trágico desenlace de la fiesta Time Warp, en la que en abril murieron cinco personas después de ingerir drogas de diseño que no pudieron asimilar por falta de agua, desde la Municipalidad de Maipú lanzaron una ordenanza que obliga a los locales del departamento a proveer un dispensador gratuito tanto en fiestas privadas como predios abiertos.
Si bien la droga que se distribuyó en el local de Costa Salguero en CABA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) no fue identificada, su similitud con el éxtasis fue determinante para que aquellos consumidores que no se mantuvieron hidratados terminaron presentando quemaduras internas que se cobraron su vida en pocas horas.
Esto se debe a que el calor se evapora del cuerpo en forma de sudor, y una hora de ejercicios o baile puede hacer que se pierda más de un litro de agua de tal forma, dependiendo de la intensidad del ejercicio y de la temperatura del aire.
En caso de que ocurra un caso similar con otra sustancia no permitida del mismo tipo, desde Maipú decidieron minimizar riesgos y ordenar que además del expendio fraccionado de bebidas alcohólicas y sin alcohol, se provea de “agua potable”, en dispensadores gratuitos que deberán estar ubicados cada 80 metros.
Según el texto de la norma, la ordenanza está dirigida a cualquier “confitería bailable, boliche, pubs, karaoke, peña, club nocturno, café concert, disco, megadisco, salón de fiesta, bailanta, u otro nombre que pretenda dársele a los lugares de diversión o esparcimiento que fueron mencionadas anteriormente y que estén localizados dentro de los límites del ejido municipal”.
Con respecto a la calidad del agua, se permitirá que sea tanto corriente o envasada, con la condición de que sea potable. Lo importante a destacar es que por más que en el local se vendan botellas de agua fraccionadas, esto no impedirá que se suministre de forma gratuita a través de medios similares o por dispensadores de mayor volumen.
Pero no es la única disposición, ya que para evitar que ésta y otros tipos de intoxicación se multipliquen en lugares cerrados, los locales deberán contar con ventilación natural o artificial acorde a la cantidad de personas que albergue el mismo. Además deberán estar equipados con cámaras de filmación instaladas y en funcionamiento en las barras de expendio de bebidas, en los ingresos y salidas de emergencia.
A esto se suma la obligatoriedad de un seguro de cobertura que se corresponda con la cantidad máxima de asistentes. En caso de que la fiesta se realice en zonas alejadas del casco urbano, sean al aire libre o en locales, y no puedan contar con servicio médico de cobertura inmediata, deberán contar con un servicio de ambulancia en la puerta o puesto fijo médico.
