Con multas de hasta $15 mil, ya rige el Código de Convivencia
El Código de Convivencia busca ordenar, poner pautas de conducta y sancionar las faltas. Si hoy se aplicaran, las multas oscilarían entre los 500 y los 15 mil pesos según la gravedad. La ordenanza calcula las sanciones con Unidades Tribuntarias. Hace poco la misma municipalidad subió a 1 peso cada UTM y por eso es más fácil de calcular.
Las sanciones leves se multarán con 500 a 2 mil pesos y se aplicarán a quienes, por ejemplo, hagan grafitis en la vía pública. Los patinadores y skaters también tendrán que poagar entre 500 y 2 mil pesos si son “hallados infraganti”, salvo que “reincidan” y se agrave su pena. Lo curioso es que se pone a la misma altura que a los skaters a las personas violentas, pues considera como falta leve “intimidar, hostigar, amenazar o maltratar físicamente” a otro. Las sanciones graves serán de entre 2 mil y 5 mil pesos y se aplicarán, por ejemplo, a quienes discriminen y también a quienes produzcan emisiones “de sonidos con fines publicitarios”, o quienes hagan pintadas en colectivos, edificios públicos o escuelas. También es considerado “grave” ofrecer juegos de azar en la vía pública. Las infracciones “muy graves” serán penadas con multas de entre 5 mil y 15 mil pesos. Entre ellas están usar pirotecnia en lugares cerrados, realizar “atentados” o pintadas sobre monumentos o edificios catalogados o protegidos, por tomar algunos ejemplos.
Pero las sanciones tienen un plazo para aplicarse y si no prescriben. Las sanciones leves prescriben a los 6 meses. Las graves a los 2 años y las muy graves a los 3 años.
La intención, según el intendente Rodolfo Suárez, es ordenar y mejorar la convivencia en la Ciudad, teniendo en cuenta que es un distrito con pocos habitantes pero que por día recibe la “visita” de 450 mil personas. En los casi 90 artículos hay más prohibiciones que habilitaciones. De hecho se mencionan más de 40 prohibiciones y, en cambio, la palabra educación no figura en el texto de la ordenanza. Desde ayer, por ejemplo, está prohibido oficialmente realizar grafitis, repartir panfletos sin autorización y “está especialmente prohibida la práctica de juegos con instrumentos u otros objetos que puedan poner en peligro la integridad física de los usuarios del espacio público, así como la integridad de los bienes, servicios o instalaciones, tanto públicos como privados. Queda prohibido realizar acrobacias con patines, bike, skate, monopatines y cualquier otro elemento similar en escaleras para peatones, elementos para la accesibilidad de personas discapacitadas, barandas, escalones, bancos, pasamanos, o cualquier otro elemento del mobiliario urbano”.
Los artistas callejeros necesitarán autorización. “Aquellas ocupaciones de vía pública no previstas en las ordenanzas municipales tales como mimos, músicos o cualquier otro tipo de artista callejero, serán autorizadas por el Municipio de forma individual y temporaria”, dice la norma. También quedó incluida la potestad de secuestrar elementos. “Las autoridades municipales podrán retirar, de la vía y espacios públicos, los bienes de las personas y/o colectivos cuando razones de seguridad, orden público, o salud pública así lo aconsejen”, dice la ordenanza.
En el propio oficialismo ya prevén que haya presentaciones judiciales contra el Código y admiten que puede tener algunos puntos flacos como quién controla y cómo se sanciona: la ordenanza no tiene el mismo poder que el Código de Faltas, que es menos restrictivo y podría contradecirlo. Igualmente en Capital confían en las potestades otorgadas por la Constitución Nacional, que brinda autonomía municipal para dictar esas normas.
Las sanciones leves se multarán con 500 a 2 mil pesos y se aplicarán a quienes, por ejemplo, hagan grafitis en la vía pública. Los patinadores y skaters también tendrán que poagar entre 500 y 2 mil pesos si son “hallados infraganti”, salvo que “reincidan” y se agrave su pena. Lo curioso es que se pone a la misma altura que a los skaters a las personas violentas, pues considera como falta leve “intimidar, hostigar, amenazar o maltratar físicamente” a otro. Las sanciones graves serán de entre 2 mil y 5 mil pesos y se aplicarán, por ejemplo, a quienes discriminen y también a quienes produzcan emisiones “de sonidos con fines publicitarios”, o quienes hagan pintadas en colectivos, edificios públicos o escuelas. También es considerado “grave” ofrecer juegos de azar en la vía pública. Las infracciones “muy graves” serán penadas con multas de entre 5 mil y 15 mil pesos. Entre ellas están usar pirotecnia en lugares cerrados, realizar “atentados” o pintadas sobre monumentos o edificios catalogados o protegidos, por tomar algunos ejemplos.
Pero las sanciones tienen un plazo para aplicarse y si no prescriben. Las sanciones leves prescriben a los 6 meses. Las graves a los 2 años y las muy graves a los 3 años.
La intención, según el intendente Rodolfo Suárez, es ordenar y mejorar la convivencia en la Ciudad, teniendo en cuenta que es un distrito con pocos habitantes pero que por día recibe la “visita” de 450 mil personas. En los casi 90 artículos hay más prohibiciones que habilitaciones. De hecho se mencionan más de 40 prohibiciones y, en cambio, la palabra educación no figura en el texto de la ordenanza. Desde ayer, por ejemplo, está prohibido oficialmente realizar grafitis, repartir panfletos sin autorización y “está especialmente prohibida la práctica de juegos con instrumentos u otros objetos que puedan poner en peligro la integridad física de los usuarios del espacio público, así como la integridad de los bienes, servicios o instalaciones, tanto públicos como privados. Queda prohibido realizar acrobacias con patines, bike, skate, monopatines y cualquier otro elemento similar en escaleras para peatones, elementos para la accesibilidad de personas discapacitadas, barandas, escalones, bancos, pasamanos, o cualquier otro elemento del mobiliario urbano”.
Los artistas callejeros necesitarán autorización. “Aquellas ocupaciones de vía pública no previstas en las ordenanzas municipales tales como mimos, músicos o cualquier otro tipo de artista callejero, serán autorizadas por el Municipio de forma individual y temporaria”, dice la norma. También quedó incluida la potestad de secuestrar elementos. “Las autoridades municipales podrán retirar, de la vía y espacios públicos, los bienes de las personas y/o colectivos cuando razones de seguridad, orden público, o salud pública así lo aconsejen”, dice la ordenanza.
En el propio oficialismo ya prevén que haya presentaciones judiciales contra el Código y admiten que puede tener algunos puntos flacos como quién controla y cómo se sanciona: la ordenanza no tiene el mismo poder que el Código de Faltas, que es menos restrictivo y podría contradecirlo. Igualmente en Capital confían en las potestades otorgadas por la Constitución Nacional, que brinda autonomía municipal para dictar esas normas.
