Deberán indemnizar a un músico que fue rehén en el motín vendimial

La Justicia había condenado al Gobierno, pero apelaron. Aceptaron rever todos los casos menos uno: ahora el Estado debe resarcir a un hombre que quedó con severas consecuencias.

Por Horacio Yacante
A 15 años del motín más violento de la historia de las cárceles mendocinas, sus consecuencias aún se hacen sentir en las decenas de personas involucradas y afectadas. Uno de ellos es el del músico Juan Gilberto Agüero, que después de quedar como rehén durante 45 horas, resultó con serios daños psicológicos que todavía inciden en su vida diaria. La Justicia rechazó la apelación del Gobierno y lo obligó a indemnizarlo para costear su tratamiento.
El 3 de marzo de 2000, Agüero había llegado hasta la cárcel provincial de Boulogne Sur Mer con la finalidad de interpretar algunos temas del recientemente creado “Cantoral Dúo”, una banda de alcance provincial, cuya trascendencia se hizo sentir durante algunos años más. Ambos músicos había llegado hasta ahí, después de recibir –y aceptar–, una invitación del Gobierno de Mendoza para realizar un acto cultural dentro de los muros del penal, mientras la provincia vivía su Fiesta Nacional de la Vendimia.
En ese ínterin, un grupo de internos tomaron el control del predio y quedaron como rehenes la planta de guardia cárceles, además de los visitantes, entre los que se contaban éste y otros artistas. Todos tuvieron que vivir de cerca cómo personal policial y los amotinados intercambiaban disparos, se lanzaban gases lacrimógenos y las llamas de los colchones amenazaban con potenciar aún más la tragedia. Sólo uno de ellos pudo salir antes, debido a que había sufrido un ataque cardíaco, pero el resto tuvo que permanecer en un estado de constante estrés y nerviosismo, durante 45 horas.
Como resultado de este periplo, el músico experimentó sucesivas crisis psicológicas que lo llevaron a mantener tratamientos psicológicos durante los años venideros; además de sobrellevar pérdidas económicas por el estrés postraumático y la dificultad para volver a actuar en un escenario.
El juez Oscar Martínez Ferreyra, a cargo de la Cámara Quinta de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributario de la Primera Circunscripción Judicial, tomó el caso de Agüero que ya contaba con un fallo en primera instancia, pero había sido apelado por el Gobierno, que consideraba como “excesiva” la suma de $95 mil (más intereses), fijada para hacer frente a los gastos del hombre.
“Así es que el daño psíquico o psicológico apunta a lo que se ha denominado perturbación patológica de la personalidad, pudiendo tener sustento orgánico (por ejemplo un fuerte traumatismo), o no. Básicamente la persona afectada se ve en dificultades para acomodarse en la realidad que le toca vivir, con comportamientos variados en su vida de relación, independientemente del origen de su dolencia”, comentó Martínez Ferreyra en el texto del fallo.
En la sentencia, el magistrado deshecha los argumentos del Gobierno que aseguraban como “suficiente” un año de tratamiento para superar un evento traumático de este tipo. “En tal sentido es que tengo presente que los actores no eran personas que, de alguna manera, tuvieran alguna vinculación o preparación en el área penitenciaria, sino que nos encontramos con artistas o relacionados al mundo artístico, que aceptaron la invitación a participar de un espectáculo en las instalaciones de la Penitenciaria Provincial”, cerró el magistrado.