Extienden el plazo para renovar el DNI
El Gobierno prorrogó hoy hasta el 31 de marzo del próximo año
el plazo establecido para la renovación del Documento Nacional de Identidad,
que vencía a fin de este mes.
A través de la resolución 2030/2015, publicada hoy en el
Boletín Oficial con la firma de la directora del Registro Nacional de las
Personas, Mora Arqueta, se dictaminó el aplazamiento de la norma que establecía
el 30 de junio próximo como fecha límite para la derogación de los documentos
de confección manual y su reemplazo por las nuevas cédulas electrónicas.
La prórroga se estableció a pesar de que, en los propios
considerandos de la resolución, se destaca que "el número de ciudadanos
que aún no ha realizado el cambio por el nuevo DNI digital resulta mínimo en
términos porcentuales de población, dando cuenta de lo efectivo y beneficioso
que ha resultado el canje y la modernización documentaria para quienes habitan
nuestro país".
"No obstante lo anterior -se aclaró-, resulta necesario
atender las especiales circunstancias que atraviesa la fase final del canje
establecido, por coincidir con un año electoral marcado por la realización de
sucesivos comicios de internas partidarias y elecciones generales a nivel
local, provincial y nacional en todo el país".
La resolución completa
REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS
Resolución 2030/2015
Resolución
Nº 3117/2014. Prórroga.
Bs. As., 12/6/2015
VISTO el Expediente
N° S02:0001961/2015, del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 17.671 y sus modificatorias,
el Decreto N° 1501 del 22 de octubre de 2009 y sus modificatorios, y las
Resoluciones N° 3020 del 29 de octubre de 2014, y 3117 del 10 de noviembre
de 2014 de la citada Dirección, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución RNP
N° 3020/2014 estableció el canje obligatorio de todos los documentos de
confección manual emitidos por el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, siendo la
fecha límite el día 31 de diciembre de 2014.
Que asimismo, el
artículo 2° de la citada Resolución dispuso exceptuar de la obligación establecida
en el artículo 1°, a aquellas personas mayores de SETENTA Y CINCO (75) años de
edad y a los incapaces declarados judicialmente.
Que la Resolución RNP
N° 3117/2014 extendió el plazo establecido en el artículo 1° de la
Resolución N° 3020/2014, hasta el día 30 de junio de 2015, en las mismas
condiciones establecidas por dicha norma.
Que la implementación
del canje aludido se enmarca en la política de Estado definida por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL durante los últimos años, de protección integral y efectiva
del derecho a la identidad de todos los ciudadanos, habiendo posibilitado a la
vasta mayoría de la población la obtención del Nuevo Documento Nacional de
Identidad (DNI) digital, sea este en formato libreta de tapa celeste o tarjeta
plástica.
Que, a la fecha, el
número de ciudadanos que aún no han realizado el cambio por el Nuevo DNI
digital resulta mínimo en términos porcentuales de población, dando cuenta de
lo efectivo y beneficioso que ha resultado el canje y la modernización
documentaria para quienes habitan nuestro país.
Que, no obstante lo
anterior, resulta necesario atender las especiales circunstancias que atraviesa
la fase final del canje establecido, por coincidir con un año electoral marcado
por la realización de sucesivos comicios de internas partidarias y elecciones
generales a nivel local, provincial y nacional en todo el país.
Que, a su vez,
enmarcado en este contexto, resulta necesario destacar que el Código Electoral
Nacional habilita a los electores a votar con todos los tipos de documento
cívico, siempre que se trate del último ejemplar tramitado por el titular, sin
distinción de su formato.
Que, en función de lo
descripto precedentemente, con el objeto de evitar confusión o posibles
inconvenientes a la hora de ejercer el derecho al voto por parte de la
totalidad de los ciudadanos, y al mismo tiempo, de brindar mayores facilidades
a aquellos que aún no han tenido acceso al cambio del DNI manual por el Nuevo
DNI digital y de esa forma continuar con la política de Estado que asegura a
todos los sectores de la sociedad el ejercicio del derecho a la identidad y la
identificación de las personas, se considera oportuno y necesario establecer
una extensión de la fecha límite del recambio por el Nuevo DNI.
Que la nueva fecha
límite establecida para la validez de los DNI de confección manual toma en
consideración evitar inconvenientes a los ciudadanos tanto en fechas festivas y
período estival durante los cuales se movilizan millones de personas dentro y
fuera del país, como en el inicio del ciclo lectivo.
Que siguen plenamente
vigentes los antecedentes y fundamentos de hecho y de derecho que motivaron el
dictado de la Resolución RNP N° 3020/2014
Que en virtud de lo
expuesto resulta pertinente prorrogar hasta el segundo trimestre de 2016 el
plazo establecido en la Resolución RNP N° 3117/2014.
Que la DIRECCIÓN
GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se
dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley
N° 17.671 y sus modificatorias, y las disposiciones del Decreto
N° 1501/2009.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL
DEL REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS
RESUELVE:
Artículo 1° —
Prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución
N° 3117/2014 del 10 de noviembre de 2014 de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, hasta el 31 de marzo de 2016,
en las mismas condiciones establecidas en un todo por dicha norma.
Art. 2° —
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Mora Arqueta.