Procesaron al marido y a los suegros de Valeria Mazza
La Cámara resolvió "disponer el procesamiento de
Horacio Alfredo Gravier, Alejandro Jorge Gravier y María Cristina Cirio por
considerarlos partícipes necesarios del delito de uso de documento público
falso", según el dictamen de los jueces Mariano González Palazzo, Carlos
Alberto González y Alberto Seijas, según informó la página InfoJus.
El documento es un contrato de locación que se habría usado
en una operación para evadir impuestos, y cuenta con la firma de un escribano
público presuntamente falsa.
Por el caso ya está procesada una contadora, Ana María Jost,
quien presentó ante la AFIP los documentos cuestionados.
La maniobra ilegal se habría cometido a través de las
empresas Vamagra S.A. y La Soñada S.A., de la que son únicos accionistas la
modelo y su marido.
Jost había afirmado que trabajaba "en forma
independiente" para las firmas mencionadas, teniendo a su cargo la
elaboración de sus registros contables, la auditoría de la documentación de
respaldo, la emisión de dictámenes en el balance anual, y el asesoramiento en
materia de valor agregado e impuestos a las ganancias.
En cuanto al origen de los documentos en cuestión,
únicamente dijo que le habían sido entregados por las empresas requeridas.
Lo que inicialmente no contó Jost, lo aportó la testigo
Estela María Del Valle Lancry, a partir de cuyo testimonio se pudo conocer
también que la contabilidad de Vamagra S.A. estaba a cargo del estudio
"Emilio Gravier", donde se desempeñaban todos los involucrados por
igual, efectuándose entre sí el reparto de tareas, de acuerdo a la naturaleza
del tema, esto es, sueldos, IVA u otros impuestos.
El juzgado ponderó que las sociedades Vamagra S.A. y La
Soñada S.A. estaban exclusivamente integradas por los accionistas Valeria Mazza
y Alejandro Gravier, tenedores del 100 por ciento de su paquete accionario,
amén de que ambas firmas especificaron en el contrato de alquiler al que se
adosaron las actuaciones notariales falsas, que comparten su domicilio legal,
coincidente también con el del estudio contable antes especificado.
"Tales sociedades, al igual que Valeria Raquel Mazza,
estaban siendo investigadas por presunta evasión de tributos, y en ese marco
fue que tuvo lugar la presentación de Jost que, como se dijo, integraba el
estudio contable", dice el procesamiento.
El fallo ordena al juez de primera instancia Roberto Ponce
"expedirse acerca de las restantes medidas cautelares", es decir si
dictará o no la prisión preventiva para los procesados y el monto de embargo de
sus bienes. Los jueces coincidieron que
"lejos están Horacio Gravier,
Alejandro Gravier y María Cristina Cirio de resultar ajenos
al hecho materia de pesquisa, pues con la provisoriedad propia de esta etapa
del proceso es posible sostener que el desarrollo de la conducta material, en
definitiva concretada por Ana María Clotilde Jost, fue posible únicamente
merced a su necesaria colaboración, suscribiendo el contrato que, junto con las
actuaciones notariales falsas, sería entregado por esta última para eludir sus
responsabilidades impositivas".
En el dictamen fiscal del fuero penal tributario, se destacó
que dicho convenio no había sido incluido en las registraciones contables de
"Vamagra S.A", con lo cual se infiere su simulación, de manera que la
confección de los instrumentos en los que se falsificaron las rúbricas del escribano
Eduardo Clariá, no podía tener otro objetivo que otorgarle una fecha cierta
antedatada y, consecuentemente, apariencia de veracidad a un documento
ideológicamente falso.