Malas noticias para planes de ahorro: la Justicia falló a favor de las consecionarias
La Cámara Segunda de Apelaciones de Mendoza resolvió un punto clave en la disputa judicial por los planes de ahorro para autos al revertir el fallo de primera instancia que había dispuesto recalcular las cuotas en base a la inflación.
La medida anterior había generado expectativas entre miles de usuarios, pero con esta nueva decisión quedó sin efecto ese criterio de actualización.
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De este modo, el tribunal estableció que deben respetarse las condiciones originales de los contratos, lo que implica que las cuotas continuarán vinculadas al valor del vehículo, conocido como "valor móvil", y no a indicadores como el índice de precios al consumidor.
El conflicto se había iniciado a partir de una demanda colectiva impulsada por ahorristas que denunciaron incrementos excesivos en las cuotas desde 2018. En una primera resolución, la Justicia había hecho lugar al planteo y ordenado revisar los montos abonados.
Entre los fundamentos del nuevo fallo, las juezas consideraron que la inflación no constituye un hecho imprevisible en la Argentina, por lo que no justifica alterar contratos previamente firmados. Además, señalaron que el valor del vehículo forma parte central del acuerdo entre las partes y que no corresponde su revisión judicial.
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Respecto al planteo por supuesta falta de información, el tribunal entendió que, al tratarse de una acción colectiva, no se logró acreditar que todos los suscriptores hayan sido engañados o inducidos a error al momento de contratar.
A pesar de rechazar la demanda, la Cámara dispuso medidas para morigerar el impacto inmediato. Se mantuvo la suspensión de ejecuciones y secuestros de vehículos, y se fijó como fecha límite el 15 de junio de 2026 para que las partes negocien un esquema de pago de las deudas acumuladas. Asimismo, se determinó que cada parte asuma sus propios costos legales, al reconocer que el reclamo tenía fundamentos atendibles.