ARCA lanzó la recategorización del Monotributo: a quiénes afecta y cuándo vence

El organismo recaudador habilitó la recategorización este 15 de julio a partir de la suba del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del 1,6% en junio.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó una suba del 15,1% en los límites de facturación del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, tras conocerse el dato del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio. Esta actualización impacta en todas las categorías del monotributo y rige desde el 1° de julio hasta fin de año.

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El ajuste responde al mecanismo previsto por la normativa vigente, que establece una revisión semestral en función de la variación del IPC informada por el INDEC. En este caso, se tomó como referencia la inflación acumulada del primer semestre de 2025.

En paralelo, ARCA habilitó el proceso de recategorización para todos los monotributistas que hayan registrado modificaciones en su nivel de ingresos durante los últimos 12 meses. El plazo para completar este trámite comenzó el 15 de julio y se extenderá hasta el 5 de agosto inclusive. Quienes no hayan tenido variaciones significativas no deberán hacer ninguna gestión.

La recategorización puede realizarse de forma online, tanto desde el sitio oficial de ARCA como a través de la aplicación ARCA Móvil. Si bien todavía resta la publicación oficial de las nuevas escalas, prevista para el miércoles 16 de julio, ya se manejan topes estimados por categoría.

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Según trascendió, los ingresos brutos anuales quedarían fijados de la siguiente manera:

  • Categoría A: $8.992.303,81
  • Categoría B: $13.180.324,12
  • Categoría C: $18.486.912,04
  • Categoría D: $22.922.075,91
  • Categoría E: $26.964.647,78
  • Categoría F: $33.811.349,99
  • Categoría G: $40.429.934,69
  • Categoría H: $61.349.408,43
  • Categoría I: $68.671.174,55
  • Categoría J: $78.610.082,11
  • Categoría K: $94.817.415,32

El trámite de recategorización es obligatorio solo para quienes hayan quedado por fuera de los parámetros de su categoría actual. En tanto, quienes iniciaron actividades hace menos de seis meses quedan exentos de este proceso, ya que aún no han cumplido el período mínimo de facturación requerido por la normativa.

Con este ajuste, el monotributo vuelve a adecuarse a la coyuntura inflacionaria, en medio de un escenario económico desafiante para el sector independiente y emprendedor.

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